Niegan restituir predio estatal

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  • La Agepro no pudo restituir al patrimonio estatal un predio cuya propiedad reclamó judicialmente en el municipio de Bacalar.
MARCO ANTONIO BARRERA

CHETUMAL, Q. ROO.- La Agencia de Proyectos Estratégicos del Estado de Quintana Roo (Agepro) no pudo restituir al patrimonio estatal un predio cuya propiedad reclamó judicialmente en el municipio de Bacalar.

El terreno formó parte de un paquete de dos bienes inmobiliarios que fueron recuperados luego de un cateo y aseguramiento ordenado por un Juez de Control, hace dos años.

El organismo público descentralizado de la administración pública estatal solicitó medidas cautelares contra una negativa que recibió de un juez penal para que los terrenos fueran devueltos a la entidad, como parte de una solicitud provisional y urgente contra bienes del dominio privado.

El amparo 29251998 radicado en el Juzgado Primero de Distrito con sede en Quintana Roo fue interpuesto por el coordinador jurídico de la Agepro, José Eduardo Serrano Bustillos, el 21 de diciembre del año antepasado.

El citado funcionario reclamó la negativa del Juez de Control del Estado actuando en los Juzgados de Control y Tribunales de Juicio Oral Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chetumal.

La sentencia del Juzgado de Distrito dictada el jueves pasado negó el amparo y la protección de la justicia en un caso en que fue llamado como tercero interesado el agente del Ministerio Público que integró originalmente la averiguación.

El funcionario ministerial no pudo ofrecer sus testimonios debido a que fue reasignado laboralmente de la oficina de Bacalar a la población de Calderitas, en la capital del estado.

Los bienes patrimoniales que trató de recuperar la agencia ya se habían intentado recuperar por el poseedor afectado, que igualmente mediante un juicio de garantías solicitó medidas cautelares contra un presunto despojo el 19 de marzo de 2021.

Aquel caso se radicó bajo el número 27766297 del Juzgado Sexto de Distrito cuya sentencia sobreseyó las pretendidas medidas, debido a que el solicitante no pudo desvirtuar la negativa de las autoridades y se dictó el fallo definitivo en su contra, el 21 de abril del año pasado.

Entre los alegatos del presunto poseedor de los terrenos es que denunció la ocupación física transitoria de la Policía Ministerial de la FGE y la señalización de uno de los predios como propiedad del Gobierno del Estado, sin que hubiera mediado algún procedimiento que lo justificara y le fueran privados los derechos que decía ostentar.

Otros de los reclamos fue la ocupación parcial de uno de los inmuebles por parte de la Agepro y el otorgamiento de una orden de cateo o aseguramiento del Juez de Control adscrito al Distrito Judicial de Chetumal, así como “actos inherentes para quitarle la posesión de los mismos, según las propias afirmaciones de ambas autoridades”, entre las cuales estaba la inscripción registral de uno de los predios como una propiedad estatal.

La persona afectada trató de demostrar los derechos que tenía sobre ambos bienes inmuebles con recibos oficiales generados por la Comisión Federal de Electricidad (de agosto a diciembre de 2020), de la Tesorería Municipal por el pago del impuesto predial (de 2020 a 2021), y del cambio de propietario (2020).

Igualmente, con cédulas catastrales del Municipio de Bacalar (de 2016, 2017 y 2020), y un par de constancias de ocupación de un lote de terreno ubicado en el fundo legal de esa misma ciudad (2004 y 2017).

La misma persona exhibió contratos de promesa de venta con el gobierno del Estado de Quintana Roo, por conducto de la Secretaría de Hacienda (1993), de cesión de derechos a título oneroso (2020) y posesorios (2019).

Pero ninguno de los documentos fueron idóneos ni eficaces para acreditar los actos de los que responsabilizó al Agente del Ministerio Público del Fuero Común, respecto al aseguramiento del predio y su ejecución física.

Los documentos tampoco demostraron los actos atribuidos a la Agepro que consistieron en una supuesta afectación de los derechos catastrales contenidos en una de las cédulas de los predios.

En aquella sentencia del juicio de garantías, el secretario en funciones de Juez Sexto de Distrito, César Octavio Meza Ojeda, sobreseyó el caso el 21 de abril de 2022.