Elevarán penas por tala ilegal y violenta

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Elevarán penas por tala ilegal y violenta
  • La Cámara de Diputados buscará aprobar una reforma que endurece las penas por el delito de tala ilegal.
MARTHA MARTÍNEZ / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Antes de que concluya el actual periodo ordinario de sesiones, la Cámara de Diputados buscará aprobar una reforma que endurece las penas por el delito de tala ilegal y agrega como casual el uso de armas o de violencia.

Actualmente, la ley establece una pena de seis meses a nueves años de prisión y una multa de 100 a tres mil días para quien desmonte o destruya vegetación natural, tale ilegalmente o cambie el uso de suelo forestal, y señala que estas penas aumentarán 3 años y mil días de multa cuando se trate de Áreas Naturales Protegidas (ANP).

El dictamen que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal y que la Cámara de Diputados prevé discutir esta semana, plantea que, para el caso de las ANP, las penas aumentarán hasta en cuatro años y 5 mil veces el valor de la UMA.

La propuesta agrega en la ley la previsión de que estos delitos pueden llevarse a cabo con violencia y para estos casos, propone una pena de hasta 12 años.

“Cuando las conductas a que se refiere este artículo se realicen empelando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o un beneficio económico, se le impondrá pena de tres a doce años de prisión y multa de quinientos a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medica y Actualización vigente”, indica.

El Código Penal Federal vigente sanciona el transporte, comercio, acopio, almacenamiento o transformación de madera en rollo, astillas, carbón vegetal o cualquier otro recurso forestal maderable o tierra de suelos forestales en cantidades mayores a cuatro metros cúbicos.

El dictamen agrega acciones como enajenar, distribuir, suministrar, comprar, recibir, adquirir, almacenar, resguardar y poseer.

Además, reduce de cuatro a dos metros cúbicos las cantidades que ameritan sanción.

El dictamen indica que no se impondrán sanciones a quienes transporten leña o madera muerta para uso doméstico dentro de la comunidad rural a la que pertenezca.

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