Castigarán con cárcel no publicar decretos en el POE

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Castigarán con cárcel no publicar decretos en el POE
  • Con el voto a favor de los Diputados del PRI y PAN, el Congreso local aprobó hoy reformas al Código Penal.
MIRIAM GARCÍA / AGENCIA REFORMA

MONTERREY, NL.- Con el voto a favor de los Diputados del PRI y PAN, el Congreso local aprobó hoy reformas al Código Penal para que sea delito y se sancione con prisión de uno a tres años el incumplir con la Constitución local y no publicar en el Periódico Oficial del Estado (POE) decretos o acuerdos.

La reforma, que implica una adición al artículo 180 del Código Penal, busca obligar a que se publiquen los decretos y evitar que el Gobernador Samuel García, “los guarde” indefinidamente.

El martes, Carlos de la Fuente, líder de la fracción del PAN, dijo que había alrededor de 95 decretos que, sin excusa, el Gobernador no había publicado en el POE, incumpliendo con los plazos establecidos en la Constitución.

Hoy, Javier Caballero, presidente de la Comisión de Justicia, presentó al Pleno el dictamen derivado de una iniciativa presentada el 13 de febrero por el ciudadano Jesús Campos.

“Será equiparable al delito de desobediencia y se sancionará cualquier acto, omisión o incumplimiento en que incurra un servidor público que, estando obligado conforme a las atribuciones o funciones de su cargo, derive en que no se publique en el Periódico Oficial del Estado cualquier decreto, acuerdo, reglamento u otro documento que deba publicarse en éste en los términos y de conformidad con los plazos establecidos en el artículo 90 de la Constitución del Estado”, establece la reforma al Código Penal.

Durante el debate del dictamen, el coordinador de la bancada emecista, Eduardo Gaona, acusó que esa reforma era un acto de intimidación al personal del POE.

Agregó que hay sanciones conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas y que no era necesario crear un tipo penal “a modo” para favorecer los intereses del PRIÁN.

“Esta reforma se trata de meter a la cárcel a la gente que está haciendo su chamba en el Periódico Oficial del Estado. Hay que decirlo, a las personas que están trabajando ahí se les quiere intimidar, que si no se hace la voluntad del Congreso y de quienes se sienten dueños de este recinto, los van a someter a un nuevo tipo penal equiparable al delito de desobediencia, y lo hacen equiparable porque no pueden encontrar algo de dónde colgar esta aberración jurídica”, expresó.

En respuesta, Jesús Gómez, Diputado local del PAN, dijo que la reforma buscaba el que no quedara sin sanción el comportamiento “atípico” de no publicar en el POE y de ratificar que debe haber un respeto a la división de Poderes y al Congreso.

“Este Congreso está facultado para crear leyes y claro que nos han querido intimidar y no han podido”, agregó. “Entendemos la función del Periódico Oficial y los tiempos para que se publiquen los decretos o se veten, pero aquí ni los vetan ni los publican, los meten en un cajón y eso merece una sanción, porque es un mandato constitucional el publicar y no lo cumplen, son aberraciones jurídicas lo que se hace”.

La emecista Iraís Reyes también se manifestó en contra de la reforma, porque se estaba generando con ganas de molestar a alguien en específico y eso le quitaba el requisito de ser impersonal, sobre todo por ir dirigido al Secretario General de Gobierno, Javier Navarro.

“Interesante es que se quiera generar un delito por una cuestión que entra dentro de las responsabilidades administrativas que ni siquiera entra en conductas de corrupción… ésto es excesivo”.

La reforma se aprobó con 25 votos a favor y 10 en contra.

Y controversias

En la misma sesión, se aprobaron, en primera vuelta, reformas a diversos artículos de la Ley Reglamentaria del Artículo 135 de la Constitución local para establecer medidas disciplinarias, de responsabilidades, sanciones y delitos en materia de justicia constitucional.

La iniciativa de reforma en esos términos la promovió Heriberto Treviño, líder de la fracción del PRI, el 14 de marzo.

Dentro de las reformas se establece que las controversias de inconstitucionalidad tienen por objeto que los Poderes Ejecutivo y Legislativo, los municipios, los órganos públicos, los constitucionalmente autónomos o los órganos con autonomía jurisdiccional y/o funcional puedan impugnar actos de autoridad o normas generales provenientes de alguno de éstos que invadan su competencia o sus atribuciones y establecer cárcel ante ciertos supuestos.

“Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a quinientas UMA diarias, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de demandado en la controversia de inconstitucionalidad o en el incidente por incumplimiento de la suspensión”, se establece la reforma.

“Sin motivo justificado revoque o deje sin efecto el acto que se le reclama con el propósito de que se sobresea la controversia de inconstitucionalidad, sólo para insistir con posterioridad en la emisión del mismo; revoque o deje sin efecto el acto que se le reclama con el propósito de que se sobresea en el incidente de suspensión, sólo para insistir con posterioridad en la emisión del mismo; no obedezca un auto de suspensión y se resista de cualquier modo a dar cumplimiento a los mandatos u órdenes dictadas en materia de controversias de inconstitucionalidad.

“Se impondrá pena de cinco a diez años de prisión, multa de 100 a mil UMA diarias, en su caso destitución e inhabilitación de 5 a 10 años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos a la parte demandada que dolosamente incumpla una sentencia de controversia de inconstitucionalidad o no la haga cumplir; repita el acto reclamado; y omita cumplir cabalmente con la resolución que establece la existencia del exceso o defecto”.

Las reformas fueron rechazadas por los legisladores de Movimiento Ciudadano.

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