Impugnan amparo de réplica a Gálvez

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  • El 12 de junio, la senadora panista intentó ingresar a Palacio Nacional para participar en la mañanera con base en esta sentencia, lo que le fue negado.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Consejería Jurídica del Ejecutivo (CJE) y la Fiscalía General de la República (FGR) impugnaron la sentencia de un juez federal que ordena conceder derecho de réplica a la senadora Xóchitl Gálvez en la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Se trata del amparo concedido a Gálvez el 6 de junio por Hugo Pérez Lugo, juez Segundo de Distrito en Materia Civil.

Los recursos de revisión fueron interpuestos el viernes pasado por Claudia Nogales Gaona, consejera adjunta de Control Constitucional de la CJE, así como por la agente del Ministerio Público Federal adscrita al juzgado.

Dichos recursos serán turnados a un tribunal colegiado de circuito, pero como Gálvez también cuestionó la constitucionalidad de la Ley en Materia de Derecho de Réplica, el caso podría ser revisado por la Suprema Corte de Justicia.

Mientras la sentencia de Pérez Lugo es revisada por instancias superiores, Presidencia no está obligada a acatarla, pues los fallos que conceden el amparo a un particular sólo causan ejecutoria cuando son confirmados por tribunales colegiados o la Corte.

El 12 de junio, la senadora panista intentó ingresar a Palacio Nacional para participar en la mañanera con base en esta sentencia, lo que le fue negado.

Las suspensiones, provisional y definitiva, son las resoluciones de jueces de amparo que las autoridades sí tienen que acatar de inmediato. En este juicio, Gálvez no solicitó la suspensión.

CASO RELEVANTE

El caso es relevante jurídicamente, porque Pérez Lugo es el primer juez federal que resolvió, por una parte, que la conferencia mañanera es un acto de autoridad impugnable por medio del amparo, y por la otra, que opera el derecho de réplica para contestar a lo que ahí se difunde.

Gálvez quiere replicar la afirmación de López Obrador en la mañanera del 5 de diciembre, realizada en Campeche, cuando el presidente dijo:

“Acaba de decir la señora Xóchitl Gálvez que ella va a quitar los programas de apoyo a los adultos mayores, lo mismo planteó la que era candidata del PRI en Hidalgo, y han votado para que no se apoye a los adultos mayores, ni se apoye la educación pública, ni se apoye la salud pública, que no se entreguen becas a personas con discapacidad, porque todo eso para ellos es populismo, es paternalismo”.

El juez citó un análisis de la organización Artículo 19 sobre la difusión de falsedades o datos no verificables en las mañaneras, y concluyó que a estas les aplica la réplica, que es un derecho humano previsto en la Constitución.

“Atendiendo a la dimensión social del derecho de réplica, es que resulta relevante que la información difundida por el presidente de la República (al ser un actor predominante en el mercado de las ideas) sobre la actividad política de la quejosa pueda tener una réplica, dado que constituye información inexacta cuya divulgación que pudiera generar a la quejosa un agravio en el ámbito político”, afirmó.

“Conceda el derecho de réplica a Xóchitl Gálvez durante la trasmisión de la conferencia mañanera —al ser éste el mismo medio a través del cual publicó la información inexacta— y difundirse en el mismo horario y con características similares a la transmisión de la mañanera en que se difundió la información inexacta”, ordenó el juez a Presidencia.

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