Destraban elección de ‘ombudsperson’ en Quintana Roo

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  • Por fin el Congreso del estado podrá designar a la persona que dirija la Comisión de Derechos Humanos.
MARCO ANTONIO BARRERA

CHETUMAL, Q. ROO.- El Congreso estatal obtuvo luz verde para continuar con el proceso de selección de la persona que ocupará la Presidencia de la Comisión de los Derechos Humanos en el Estado de Quintana Roo (Cdheqroo), cuyo nombramiento lleva acéfalo más de año y medio.

El procedimiento legislativo se interrumpió desde que la organización civil “Maya Sin Fronteras” tramitó un amparo para impugnar un proceso supuestamente opaco que se negó a realizar una consulta pública dictado por las Constituciones General y local.

Igualmente, se reclamó el procedimiento por el cual con reformas legales se habría favorecido a una exdiputada local que aspiraba al cargo, y que presidía la Comisión de Derechos Humanos en la Legislatura anterior.

El amparo de la organización quejosa representada por Graciela Machuca Martínez, fue originalmente desechado el 15 de febrero de 2022, aunque se admitió a trámite al decretarse fundado en un recurso de queja el 29 de abril de ese mismo año.

En los alegatos del caso 29491593 radicado en el Juzgado Sexto de Distrito con sede en Chetumal, se reclamaron las reformas y adiciones de la Ley de la Cdheqroo publicadas el 14 de septiembre de 2021.

La queja fue contra las modificaciones al artículo 15, específicamente a la fracción VII y las adiciones del VIII al IX que originalmente imponían a las personas candidatas contar con experiencia en la materia, y no haber sido diputado local un año previo a la designación, entre otras cuestiones.

Las modificaciones fueron impulsadas por la entonces diputada Judith Rodríguez Villanueva, quien fue propuesta para competir por el cargo por su bancada del Partido Verde y apoyada por los partidos del Trabajo, de la Revolución Democrática y Movimiento Auténtico Social.

El alegato fue que se otorgó la facultad a los grupos legislativos para proponer a candidatos, aun cuando ellos mismos participaran en la revisión de requisitos, hacer las entrevistas, redactar un dictamen y hacer la designación del finalista.

A su consideración, el proceso causaba desventaja entre las propuestas de las fracciones parlamentarias y las de la sociedad civil.

“Se generaría una ventaja a cierta persona que participará en el proceso selectivo, con desventaja para el resto de los participantes”.

La parte promovente alegó tener un interés jurídico legítimo al sostener que alguna persona de la sociedad, diferente a la citada exlegisladora, estuviera en igualdad de condiciones en el proceso de selección.

Se impugnó también la convocatoria pública para la designación de la Presidencia del organismo publicada el 20 de enero de 2022, firmada por el entonces presidente de la Mesa Directiva del Primer Periodo Extraordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, Eduardo Martínez Arcila.

Se cuestionó igualmente el proceso de selección de la persona que ocupará el citado cargo “por no ser transparente ni mediante consulta pública, tal y como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución del Gobierno Libre y Soberano de Quintana Roo”.

La sentencia del amparo que sobreseyó la solicitud de medidas cautelares fue decretada por el secretario en funciones de juez Sexto de Distrito, César Octavio Meza Ojeda, quien resolvió que la parte actora carece de un interés legal al no afectar sus derechos, como una ofensa, daño o perjuicio, el 12 de julio de 2022.

En la resolución se estableció que la citada emisión de la convocatoria y su proceso de selección en el que se aplicarán las reformas y adiciones legales (publicadas el 14 de septiembre de 2021), “no produce en modo alguno una afectación en la esfera jurídica de los proponentes.

Para el juez federal “bajo esa circunstancia, se arriba a la conclusión de que el acto reclamado no irroga una afectación en la esfera jurídica de la parte quejosa como lo exige el artículo 107, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la procedencia de este juicio de amparo”.

Inconformes con la resolución se impugnó entonces la sentencia con un recurso de revisión al que se asignó el número 30757507 turnado al Magistrado Jorge Mercado Mejía del Tercer Tribunal Colegiado, el 2 de septiembre de 2022.

El fallo se confirmó en el mismo sentido que la resolución del Juzgado de Distrito, por unanimidad del también magistrado Leonel Jesús Hidalgo y la secretaria en funciones de magistrada Marycarmen Arellano Gutiérrez, el 7 de septiembre del presente año.