Termina batalla legal por la ‘Tortugranja’

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  • Finalmente se terminó el pleito legal por la ‘Tortugranja’ en Isla Mujeres.
MARCO ANTONIO BARRERA

ISLA MUJERES, Q. ROO.- El Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) desistió en su afán de recuperar el predio y las instalaciones de la “Tortugranja” que administra el gobierno municipal de Isla Mujeres.

La batalla legal llegó a su fin después de un litigio que duró poco más de cinco meses, en la que el organismo federal optó por claudicar ante una resolución que desechó su reclamo, con lo cual el caso fue cerrado en definitiva.

La “Tortugranja” funciona como un sitio de investigación, estudio y conservación de ese tipo de reptiles en peligro de extinción, el cual permaneció cerrado por casi dos años, pero fue reabierto por el gobierno de la alcaldesa Atenea Gómez, en junio pasado.

La disputa jurídica inició cuando el organismo público descentralizado sectorial con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) impugnó (mediante un amparo) el destino autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), el 6 de abril pasado.

El acuerdo citado concedió al municipio la posesión del predio con superficie de mil 698.140 metros cuadrados de Zona Federal Marítimo Terrestre perteneciente a los bienes propiedad del dominio público de la nación, ubicado en la Estación de Biología del fraccionamiento Laguna del Mar, al sur de la ínsula.

Igualmente, el uso de dos edificios, uno utilizado como área administrativa y una tienda de conveniencia, y el otro donde se ubica un acuario, cuatro piletas de forma circular y un corral rectangular para la protección, crecimiento y desarrollo de tortugas, así como parte de un muelle.

El reclamo legal del Inapesca se elevó al amparo 32798729 del Juzgado Séptimo de Distrito con sede en Quintana Roo, contra el acuerdo federal emitido el 8 de junio del presente año.

Las autoridades acusadas fueron la Semarnat y la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, y las Direcciones de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales (DDPIF), y la de Manejo Integral de Ambientes Costeros (DIAC).

A las autoridades ambientales se les acusó de avalar una presunta omisión municipal de cumplimiento del manejo de la “Tortugranja”, mediante las opiniones técnicas DDPIF14/2023 de la DDPIF (23 enero 2023) y la SRA-DGZFMTAC-DIAC-032/2023 de DIAC (20 enero 2023).

Igualmente, se les señaló por incumplimiento de anotación ante el Registro Público de la Propiedad Federal para este tipo de acuerdos destinados al servicio público al uso común de los terrenos ganados al mar, a los ríos, lagos, lagunas, esteros y demás corrientes de aguas nacionales.

La cesión federal establece que en la posesión del predio e instalaciones no se transmitió la propiedad ni crea derechos reales al municipio, aunque se le condiciona su permanencia a que no destine el sitio a un uso distinto sin permiso previo ambiental, o se deje de usar o ya no se requiera.

La entrega se condiciona a la obtención de permisos para el aprovechamiento no extractivo de la tortuga marina, y mantener el lugar en condiciones de higiene, evitar la proliferación de fauna nociva y mantener libre el acceso a los arenales y a la playa.

Igualmente, abstenerse de realizar descargas residuales al mar o en la zona de terreno autorizada, y mantenerse delimitado para evitar el tránsito peatonal libre.

La solicitud de la “Tortugranja” se autorizó al acreditarse su compatibilidad de uso de suelo mediante un documento emitido por la dirección general de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.

Antes de que se diera el cierre del litigio, el caso pasó por el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México y por el Décimo Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Fue mediante la resolución de una controversia por competencia por razón de territorio, que se ordenó conocer el asunto al Juzgado Séptimo de Distrito de Quintana Roo.

El juez Darío Alejandro Villa Arnaiz desechó el reclamo el nueve de noviembre pasado, y posteriormente cerró el caso en definitiva el 23 del mismo mes.

“Visto el estado que guarda el presente sumario, se advierte que ha transcurrido el término de ley sin que la parte prominente —Inapesca— haya recurrido el proveído del nueve de noviembre de dos mil veintitrés, mediante el cual se desechó la demanda; por tanto, se declara que el asunto ha causado estado para todos los efectos legales conducentes. Archívese este juicio como asunto concluido”.