Dejan sin escolta a un exfuncionario de Quintana Roo

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  • José Antonio Nieto Bastida reclama se le asigne una escolta.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- En la justicia federal se analiza una solicitud de amparo con la que un exfuncionario público reclama la falta de respuesta para que pueda seguir gozando del servicio de protección de escolta.

Las pretendidas medidas cautelares provienen del ex subprocurador y ex vicefiscal de la Zona Sur de la entonces Procuraduría General de Justicia de Quintana Roo, José Antonio Nieto Bastida, quien pidió le fuera ampliada la custodia personal mediante un escrito que le fue recibido y sellado el 16 de agosto de 2017.

El reclamo está fundamentado jurídicamente en la Ley de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo, la cual en el artículo 52 establece que cualquier exservidor público de los poderes Ejecutivo y Judicial, además del gobernador, que tenga la necesidad de ser protegido podrá formular la petición a más tardar los 15 días siguientes que concluyó su encargo.

Nieto Bastida es abogado por la Universidad de Quintana Roo desde 2003 y se desempeñó en la Procuraduría General de Justicia del estado con el nivel de puesto 20, como subprocurador de la Zona Sur (del 26 de abril de 2011 al 31 de julio de 2016), y como vicefiscal de la misma área de adscripción (del 1 de agosto de 2016 al 31 de marzo de 2017).

El ordenamiento legal dicta que para el otorgamiento del servicio de escoltas se debe formular una petición a la autoridad, cuya respuesta y, en su caso, el otorgamiento deberá producirse a las siguientes 48 horas de la petición y recepción de la solicitud.

En el amparo 34085121 del Juzgado Sexto de Distrito el caso radica desde el 12 de diciembre pasado, de cuyo análisis se negó al solicitante la suspensión provisional (15 de diciembre) y después la definitiva (28 diciembre).

En la queja se señala como autoridad responsable al Comité de Autorización de Escoltas para Exservidores Públicos del Estado de Quintana Roo, cuyo órgano está presidido por la titular de la Secretaría de Gobierno estatal, Cristina Torres Gómez.

El juicio de garantías citado tiene que ver con la tardanza de la contestación que lleva olvidada en un cajón más de 6 años.

El Comité de Autorización de Escoltas para Exservidores Públicos del Estado de Quintana Roo es uno de los dos órganos, junto con el mismo Comité de Autorización de Servidores Públicos, que resuelve el otorgamiento de la protección policiaca de los funcionarios en funciones y los que ya no lo están.

La protección policiaca se fundamental en el artículo 47 de la misma Ley que se instituyó como de interés público el proteger la integridad física de los servidores públicos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, después de que fue publicado el Decreto 415 por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo, el 24 de junio de 2016. 

La medida se justifica por la naturaleza propia de su encomienda, por generar o hayan generado acciones de investigación, persecución y legislación de delitos, administración e impartición de justicia y mantenimiento del orden y la paz pública, o la administración de recursos públicos y personal durante el ejercicio de su encargo.

El Comité de Autorización de Escoltas para Servidores Públicos en funciones se integra con el secretario de Gobierno (presidente), el secretario de Seguridad Pública y el Fiscal General del Estado.

Para resolver la prórroga de exfuncionarios, participan el titular de Gobierno, el secretario de Finanzas y Planeación y el oficial mayor del gobierno estatal, el primero preside y los restantes únicamente con voz, cuyo órgano en todos los casos determinará el número de escoltas y los recursos materiales asignados.

En el artículo 51 se establece que el gobernador del estado tendrá derecho a continuar con la protección de manera automática, así como para su cónyuge e hijos, una vez que haya concluido el encargo por un tiempo irrevocable de 15 años.

Las demás personas que gozan de escolta requieren haber desempeñado el cargo dos años mínimo y la protección durará hasta por 8 años, cuyo personal, equipo, vehículos y demás instrumentos de protección no podrá ser menor de los que contaban cuando desempeñaban el cargo, aunque el servicio se revoca cuando concluya el tiempo por el que fueron asignados.

Para dictar sentencia en el caso legal se programó una audiencia el 25 de enero, en cuya fecha se sabrá si la justicia ordena a las autoridades a responder la solicitud de prórroga de personal de custodia que les fue solicitada.