Cubrirá licencia paterna más padecimientos

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Cubrirá licencia paterna más padecimientos
  • La Suprema Corte de Justicia extendió el derecho de los padres de niños y adolescentes que padecen enfermedades graves o terminales para solicitar licencias extraordinarias a sus empleadores.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia extendió el derecho de los padres de niños y adolescentes que padecen enfermedades graves o terminales para solicitar licencias extraordinarias a sus empleadores.

Por unanimidad, la Segunda Sala de la Corte declaró inconstitucionales los artículos 140 Bis de la Ley del Seguro Social, y 37 Bis de la Ley del ISSSTE, porque sólo permiten estas licencias cuando el menor padece cáncer, pero no para otras enfermedades.

La Sala amparó a los padres de un niño que nació en agosto de 2021 en San Pedro, Coahuila, con atrofia muscular espinal tipo uno, enfermedad degenerativa por la cual se le trasladó a la Ciudad de México y está bajo cuidados paliativos.

Las licencias por cuidados médicos que permiten ambas leyes son hasta por periodos de 28 días, que sumados pueden llegar a un máximo de 365 días en un periodo de tres años.

La reforma para crear estas licencias sólo en casos de cáncer, tanto en el régimen laboral ordinario como en el burocrático, fue impulsada desde 2018 por todos los partidos y entró en vigor en junio de 2019.

Aplica a casos de menores de hasta 16 años, y paga un subsidio al padre o madre que obtenga la licencia de hasta 60 por ciento de su salario de cotización, sin que ambos progenitores puedan gozar del permiso al mismo tiempo.

La Corte determinó que la exclusión de otro tipo de enfermedades es discriminatoria.

Al aprobar un proyecto de la ministra Lenia Batres, la Sala confirmó el amparo que ya había concedido la jueza federal Blanca Lobo en enero de 2023, mismo que fue impugnado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

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