Sostiene Aguakan servicio por juicios

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  • Pese a quejas de la ciudadanía, Aguakan sigue operando gracias a resoluciones judiciales.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- A pesar de que el Congreso de Quintana Roo revocó anticipadamente la concesión a Aguakan, y recientemente la candidata a la presidencia de la República por Morena, Claudia Sheinbaum, señaló que el agua no debe ser concesionada, la operación privada del servicio se sostiene por resoluciones judiciales.

Desde que por un decreto del Poder Legislativo estatal se dio por terminada la prórroga anticipada del vencimiento a la vigencia del permiso del manejo de la concesionaria en diciembre pasado, el caso se mantiene en un suspenso legal.

Aguakan enfrenta los reclamos de usuarios por la falta de abastecimiento y abusos en el cobro del servicio, pero se mantiene con medidas cautelares que le han sido otorgadas en tres juicios de amparo.

Desarrollos Hidráulicos de Cancún opera comercialmente con el nombre de Aguakan en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad.

La empresa tiene una participación accionaria del Grupo Mexicano de Desarrollo (51.1%) y de GBM Hidráulica (49.9%), esta última es administrada por GBM Infraestructura.

En los juzgados federales de Quintana Roo se mantienen activas tres suspensiones definitivas que avalan legalmente la operación privada del servicio de agua potable, alcantarillado, saneamiento y tratamiento de aguas residuales.

Ante el Juzgado Noveno de Distrito de Quintana Roo permanece activo el juicio 24273445 promovido por Grupo Mexicano de Desarrollo contra el Decreto 195, por el cual se abroga el Decreto 250 expedido por la XIV Legislatura de Quintana Roo.

El documento invalidado por los diputados locales prorrogó anticipadamente el vencimiento de la vigencia del título de concesión, que debía concluir en diciembre pasado.

El mismo decreto legislativo alcanzó también el Decreto 28 publicado el 20 de octubre de 1993, con el cual la compañía anexó el servicio al municipio de Solidaridad, bajo las mismas condiciones y vigencia, pero para concluir en 2053.

El juzgado federal concedió en este caso la suspensión provisional el 30 de enero, y validó la misma protección con la suspensión definitiva el 13 de marzo pasado.

Un segundo juicio con el número 34347744 del Juzgado Segundo de Distrito, la empresa GBM Infraestructura igualmente goza de una suspensión definitiva desde el 7 de febrero pasado, al validarse la misma resolución, pero de carácter provisional del 21 de enero.

La compañía citada forma parte del Corporativo GBM, S.A B. de C.V. que lleva más de 30 años en el mercado y cotiza en la Bolsa Mexicana de Valores desde 1992.

En este amparo, el fallo protector es combatido legalmente por el Poder Legislativo mediante un recurso de queja que resolverá un tribunal colegiado.

El tercer amparo lo encabeza Desarrollos Hidráulicos de Cancún con el número 34191096 del Juzgado Octavo de Distrito, en el cual se impugna el mismo decreto del Congreso estatal.

El juzgado federal concedió también la suspensión provisional (28 diciembre), que se validó la suspensión definitiva (19 de enero).

Hubo un cuarto amparo que no fructificó al que se le asignó el número 34376243 del Juzgado Tercero de Distrito de la entidad, mismo que fue interpuesto por Aguakan, el 16 de enero, pero fue desechado 15 días después.

En el juicio se intentó reclamar lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, que hace referencia a la aprobación del Congreso cuando el servicio contratado exceda la gestión de los Ayuntamientos.

Igualmente, el artículo 97 de la Ley del Patrimonio del Estado de Quintana Roo que permite a la autoridad tomar de inmediato posesión del bien concesionado ante las causas de extinción previstas.