Suspende ministro reglas para fusiones

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Suspende ministro reglas para fusiones
  • Un ministro de la Suprema Corte de Justicia suspendió, por tiempo indefinido, las reglas de la Comisión Reguladora de Energía para autorizar alianzas y fusiones de empresas.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Un ministro de la Suprema Corte de Justicia suspendió, por tiempo indefinido, las reglas de la Comisión Reguladora de Energía para autorizar alianzas y fusiones de empresas en el sector de hidrocarburos.

El ministro Alberto Pérez Dayán concedió el 26 de abril la suspensión en la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), que alega que la CRE está invadiendo facultades exclusivas que le otorgan los artículos 28 y 49 de la Carta Magna.

La suspensión congela todos los efectos y consecuencias del Acuerdo publicado por la CRE el pasado 27 de febrero, que establece las definiciones, metodología, procedimiento y requisitos para autorizar participaciones cruzadas entre empresas de hidrocarburos, así como su efecto sobre la competencia económica y la eficiencia de los mercados.

“De no concederse la medida cautelar, por un lado, podría consumarse de manera irreparable el Acuerdo controvertido, por el simple paso del tiempo; y por otro, podrían causarse graves afectaciones en el ámbito competencial que la Cofece estima vulnerado, que difícilmente podrían repararse una vez dictada la sentencia de la controversia, y que podrían impactar en el mercado de hidrocarburos”, explicó Pérez Dayán.

Aclaró que, mientras esté vigente la suspensión, la CRE tendrá que seguir aplicando para los procedimientos que se encuentren en curso, o los que se inicien, las reglas sobre participación cruzada que emitió en 2016, mismas que en su momento no fueron cuestionadas por la Cofece.

La CRE puede impugnar la suspensión ante una de las Salas de la Corte, que tomará de dos a tres meses para resolver la reclamación respectiva, mientras que la sentencia de fondo sobre la posible inconstitucionalidad del acuerdo impugnado, puede llevar de seis meses a más de un año.

La Cofece, que es un órgano con autonomía constitucional, ha mantenido a lo largo del sexenio una actitud de independencia ante el Gobierno, caso contrario al de la CRE, que sólo es un órgano descentralizado, y se ha plegado en todos los temas relevantes a las políticas fijadas por el Ejecutivo federal.

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