Aplican a ‘Chak Meex’ otro revés legal

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  • Le negaron amparo a José Esquivel Vargas, ‘Chak Meex’.
MARCO ANTONIO BARRERA

CHETUMAL, Q. ROO.- El expresidente municipal de Felipe Carrillo Puerto, José Esquivel Vargas, conocido como “Chak Meex”, no consiguió que se diera carpetazo a la denuncia  en su contra por su presunta responsabilidad en el delito de peculado.

Un juez federal negó un amparo con el cual se pretendía impedir que el caso se hiciera del conocimiento de la Fiscalía General de la República (FGR), para su análisis de competencia y su probable admisión.

La determinación de poner a disposición la investigación inicial contra “Chak Meex” proviene de un juez de Control de Primera Instancia de Felipe Carrillo Puerto, que revocó el no ejercicio de la acción penal solicitado por el Ministerio Público.

La Unidad Especializada en Investigación de los Delitos contra Servidores Públicos de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Quintana Roo, fue la instancia que reconoció la inexistencia de datos suficientes para acreditar la conducta delictiva denunciada por la Sindicatura Municipal, el 14 de diciembre de 2021.

La determinación del fiscal se hizo del conocimiento del juez penal, al justificar que al agotarse las líneas de investigación no se encontraron elementos para la configuración del delito, el 12 de abril de 2022.

Las acusaciones penales tienen que ver con la transferencia de fondos etiquetados provenientes de una cuenta bancaria federal a otra del Ayuntamiento, y su posterior disposición para un destino distinto en los ejercicios fiscales 2018-2019.

La autoridad ministerial argumentó también falta de jurisdicción estatal para poder fiscalizar los recursos federales, ya que esos procedimientos son realizados por los órganos de auditoría de la Federación.

El agente responsable de la indagatoria resolvió que carecía de competencia sobre esos hechos denunciados por el Ayuntamiento y optó por resolver el no ejercicio de la acción penal, luego de determinar la falta de elementos de prueba.

Pero el juez de control revocó el no ejercicio de la acción penal e instruyó a reabrir la investigación para hacerla del conocimiento de la FGR.

Esquivel Vargas tramitó un juicio de garantías contra la determinación para que la autoridad federal se pronunciara sobre su competencia y la admisión de cargos.

El amparo se radicó con el número 32472008 en el Juzgado Primero de Distrito con sede en Chetumal, el 18 de abril de 2023, pero fue desechado a los dos días siguientes.

Inconforme con la resolución, se interpuso una queja ante una instancia revisora que le dio la razón legal al quejoso e instruyó al juzgado federal para que se admitiera el juicio de garantías.

El objetivo fue recabar los informes justificados y brindar la oportunidad de que ambas partes pudieran ofrecer pruebas, con lo cual se admitió el 5 de marzo pasado.

Los magistrados validaron que la resolución del juez penal generó una afectación a los derechos de los quejosos, debido a que el cambio favorable en su situación jurídica impedía que fuera investigado nuevamente.

Asimismo, no quedaron claros los motivos que tuvo el juez de control para revocar el no ejercicio de la acción penal al no actualizarse el delito de peculado, y que el fiscal no fuera competente para conocer los hechos.

Como parte del amparo se negaron las suspensiones provisional (5 de marzo) y definitiva (3 de abril), y la sentencia sobreseyó (dejó en el mismo estado) el reclamo legal, el 15 de julio pasado

José Esquivel Vargas fue alcalde del municipio de Felipe Carrillo Puerto del 2018 a 2021, y fue detenido por uso indebido de atribuciones y facultades del servicio público, el 12 de febrero pasado.

Se le trasladó al Centro de Reinserción Social de Chetumal, pero después se le concedió el beneficio de la medida cautelar de prisión domiciliaria.

Este mismo personaje fue señalado de presuntamente simular sesiones del Cabildo para autorizar ilícitamente a favor de ocho de sus colaboradores bonos de fin de año, con un presunto quebranto municipal de 2 millones 600 mil pesos.