Blindarán recursos para el Foatqroo

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  • Los recursos del Foatqroo no podrán ser usados para fines distintos a los establecidos.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- Los recursos económicos federales que se transferirán al gobierno estatal e integrados al Fideicomiso para el Fortalecimiento a la Actividad Turística en Quintana Roo (Foatqroo) para el mantenimiento y operación de los servicios públicos, hidráulicos y sanitarios de las zonas hoteleras de Cancún y Cozumel, no podrán ser destinados a otros fines distintos a los establecidos.

En el “Convenio específico de coordinación en materia de reasignación de recursos” entre el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), la Secretaría de Finanzas y Planeación y la Agencia de Proyectos Estratégicos de Quintana Roo, se estipula que los fondos irán a una cuenta de banco exclusiva, sin que se puedan traspasar.

En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación este miércoles, se reiteró la entrega de 155 millones 731 mil 153.64 del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur).

Los recursos citados deberán registrarse de manera contable como gasto corriente o de capital, cuyo destino será revisado por los órganos de fiscalización federal.

En las cláusulas se cita que se evitará comprometer recursos que excedan su capacidad financiera para realizar proyectos, aunque se podrá requerir asesoría técnica, y se deberá contar con autorizaciones o permisos.

La entidad quintanarroense deberá registrar los recursos federales en su contabilidad y en la información de rendición de informes sobre finanzas públicas, y la cuenta pública local ante el Congreso local.

Se estipula que el control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos corresponderá al Fonatur, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública, e igual al órgano de control de Quintana Roo.

El objetivo del acuerdo será contribuir a la productividad y competitividad de los destinos turísticos, a través de su conservación y mantenimiento.

Las metas establecidas buscan asegurar la continuidad de la infraestructura, la prestación de los servicios públicos, la operación del drenaje pluvial y el saneamiento y tratamiento de aguas residuales del Centro Integralmente Planeado Cancún y del Proyecto Turístico Integral de Cozumel.

Las acciones que se implementarán quedaron detalladas en un anexo denominado “Memorias descriptivas”, que se efectuarán con un calendario de ejecución.

De estas acciones, se deberán entregar detalles del gasto en los primeros 10 días naturales de cada mes, a través de la Agencia de Proyectos Estratégicos.

Habrá otros indicadores de desempeño con reportes mensuales sobre avances físicos y del ejercicio de los recursos presupuestarios, y cada tres meses habrá que reportar y dar seguimiento al avance de cumplimiento de objetivos e indicadores, de desempeño y metas.

Se anota también que el Fonatur difundirá en línea los proyectos financiados con los recursos transferidos, incluidos los reportes de avance y resultados físicos y financieros.

Otro acuerdo permite destinar una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos a la Contraloría del Ejecutivo Estatal, para labores de vigilancia, inspección, control y evaluación de obras y acciones ejecutadas.

En el mismo documento hay otra cláusula que contempla la suspensión o cancelación de la reasignación de los recursos, cuando estos se utilicen con fines distintos o exista incumplimiento de las obligaciones.

De darse ese supuesto, se tendrán que restituir los montos a la tesorería federal en los siguientes 15 días que los requiera.

Otros recursos económicos que se habrán de reintegrar son los que no se hayan comprometido, ejecutado ni pagado, al igual que los rendimientos financieros.

Hay también una cláusula de terminación anticipada que procederá cuando quede satisfecho el objeto del convenio para el cual fue creado, por acuerdo mutuo o por rescisión, cuando los recursos se hayan utilizado con fines distintos a los establecidos.

Se asienta que los trabajadores requeridos para el cumplimiento de los objetivos quedarán bajo responsabilidad laboral de quien los requiera, sin que existan patrones sustitutos o solidarios.