- La Corte evidenció la falta de actualización del Atlas de Riesgos de Tulum.
MARCO ANTONIO BARRERA
TULUM, Q. ROO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación exhibió la omisión de autoridades municipales para actualizar el Atlas de Riesgos Naturales de Tulum.
El desinterés en poner al día el documento transgredió derechos de acceso a la salud, vivienda digna, agua, patrimonio cultural, participación ciudadana y acceso a la información en materia ambiental.
La resolución de la Primera Sala resolvió un reclamo legal de dos personas ante la omisión de actualizar el ordenamiento con estándares nacionales e internacionales.
En la elaboración del Atlas citado participó la Universidad de Quintana Roo, y su aprobación se dio en la 59 sesión ordinaria del Ayuntamiento del 11 de enero de 2016, y su posterior publicación en el Periódico Oficial del Estado, el 20 de julio.
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El descuido de ponerlo al día impactó derechos de acceso a un medio ambiente sano y otros vinculados a su garantía y protección, ocasionó un perjuicio directo a la población y se afectó a los ecosistemas y a la diversidad biológica.
La resolución del máximo tribunal cambió la sentencia del amparo 27938063 que dejó el caso en el mismo estado que comenzó por parte del Juzgado Octavo de Distrito, y una declaración de incompetencia para su revisión en el caso 30651258 del Primer Tribunal Colegiado de Quintana Roo.
El recurso promovido por dos habitantes de Tulum (Alejandro Álvarez y otro no identificado, en abril de 2021), fue enviado al Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región y después a la Corte, el 16 de junio de 2023.
El dictamen del caso 679/2023 de la Primera Sala fue elaborado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, que se resolvió en la sesión del 24 de enero pasado.
El fallo consideró que hubo omisión para contemplar cambios significativos en el entorno de la población.
“Se encuentran en constante exposición frente a los riesgos que devienen de los fenómenos que pudieran impactar en su bienestar integral y la garantía de su vida digna”.
El desinterés impidió realizar una adecuada prevención y mitigación de los riesgos que pudieran afectar, ya que las autoridades estaban obligadas a actualizarlo para subsanar irregularidades, pero provocó en los quejosos un “menoscabo en el ejercicio efectivo de sus derechos humanos”.
Aunque no existe un plazo determinado para actualización, en casos de fenómenos geológicos e hidrometeorológicos se establece un plazo máximo de dos años.
Respecto al resto de los fenómenos, la amenaza o el peligro que representan, los índices de vulnerabilidad y las medidas o acciones de prevención y mitigación “deberán realizarse dentro de un plazo razonable, una vez que dichos factores hayan cambiado de forma significativa”.
Se criticó que en el Atlas únicamente se contemplan fenómenos geológicos e hidrometeorológico, pero sin prever los químicos tecnológicos (incendios, explosiones o derrames), sanitarios ecológicos (epidemias, contaminación del aire, agua y suelo) y socio-organizativos (concentración de población o migración).
La vulneración de derechos se dio en torno al medio ambiente, agua y la salud, al impedir analizar otros riesgos existentes, con cambios significativos desde 2016.
La omisión de modificaciones tiene que ver con la concentración masiva de la población por migración de extranjeros, flujo de capitales, dinámica inmobiliaria, la pandemia del Covid-19 y la construcción del Tren Maya.
Igualmente, han cambiado los mapas base de tipo urbano, de geomorfología (relieve), edafología (estudio del suelo) e hidrografía (estudio de los cuerpos de agua), que en el caso de Tulum datan de 1988.
Con ello, se vulnera el derecho al medio ambiente y sus principios, lo que impide conocer todos los elementos naturales del territorio para verlos reflejados en identificar riesgos, condiciones de vulnerabilidad y medidas de mitigación o prevención de desastres.
El documento tampoco toma en cuenta la zona rural o conurbada, que implica una evaluación incompleta de riesgos y vulnerabilidad social, y medidas de mitigación, que vulnera el derecho a la salud y vivienda, impide la planificación territorial integral y obstaculiza el desarrollo sostenible e igualitario.
Se omite identificar también el sistema hidrológico, al no contemplar todos los ríos subterráneos, cenotes y lagunas, lo que vulnera derechos al agua y al medio ambiente, al no evaluar integralmente riesgos por inundaciones, hundimientos y deslizamientos de tierra, lo que impacta la prevención y protección de esos cuerpos de agua y en las comunidades que dependen de ellos.
Tampoco se identifica la infraestructura ni el inventario de los bienes expuestos, cuya omisión vulnera el derecho a la vivienda, salud, patrimonio cultural y natural.
La consecuencia es que no se adoptan medidas para prevenir daños a sitios estratégicos, como hospitales, estaciones de bomberos, vías de comunicación, gasoductos o la red de agua y drenaje, y se obstaculiza la capacidad de respuesta y cuantificación de daños ante una emergencia.
Por último, el plan carece de propuestas de estudios, obras y acciones para mitigar o prevenir los riesgos detectados, lo que limita su utilidad y vulnera derechos al medio ambiente, vivienda, salud y patrimonio cultural y natural.
La omisión por la falta de actualización fue calificada de muy relevante, pues uno de los propósitos del Atlas es contribuir a tomar decisiones para garantizar la seguridad y bienestar de la comunidad, mediante estrategias y medidas concretas que reduzcan la vulnerabilidad y fortalezcan la resiliencia.
Un último reproche fue la falta de integración de un comité de contraloría social para dar seguimiento, supervisar y vigilar la elaboración del instrumento, que vulnera el derecho a la información accesible y oportuna, y a la participación.