- La ley apunta a garantizar el derecho a la identidad de los menores, en concordancia a los derechos superiores de la niñez.
EUGENIO PACHECO
CHETUMAL, Q. ROO.- Con el objetivo de crear un marco jurídico que facilite la paternidad responsable y garantice los derechos que de ella derivan hacia niñas, niños y adolescentes, al interior del Poder Legislativo estatal se inició el análisis de la iniciativa para crear la “Ley de Paternidad Responsable para el Estado de Quintana Roo”.
En la iniciativa presentada por los diputados del grupo parlamentario del Partido Verde se considera responder y atender a las problemáticas que enfrentan cientos de madres y sus menores para establecer la filiación desde el nacimiento, y los significativos obstáculos legales para registrar administrativamente a sus hijos y obtener sus actas de nacimiento.
Se trata de una iniciativa de cuatro capítulos y 19 artículos, así como dos transitorios que hablan de las disposiciones generales, los derechos de las mujeres respecto del reconocimiento de paternidad, el reconocimiento administrativo de la paternidad y una serie de políticas públicas en la materia.
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Apuntan a garantizar el derecho a la identidad de los menores, en concordancia a los derechos superiores de la niñez, destacando el de conocer a ambos padres y ser cuidados por ellos, así como recibir la atención económica y social, dice la iniciativa.
Básicamente se crea una legislación clara para hacer valer el derecho de la mujer para iniciar ante el órgano jurisdiccional correspondiente la acción procedente para exigir el pago de gastos por concepto de embarazo, maternidad puerperio o cuarentena, y alimentos, así como ejercer los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia.
La madre podrá iniciar el procedimiento en el primer año del nacimiento del menor, ante el oficial del Registro Civil, si al solicitar el registro de nacimiento comparece sola.
Proporcionará los datos del presunto padre y la autoridad estará obligada a notificarlo para que en un plazo no mayor a 10 días responda la notificación, y en caso de aceptar la paternidad se procederá el registro del menor, sin generar un costo por derecho y el acta de nacimiento correspondiente.
El presunto padre, en su caso, podrá negar la responsabilidad y la madre contará con el apoyo y asesoría pública del estado, el derecho a demandar el reconocimiento de paternidad ante el órgano judicial competente.
Al establecer el reconocimiento administrativo de la paternidad se genera también una herramienta necesaria para proporcionar certeza jurídica a la filiación de las niñas y niños nacidos fuera del matrimonio, pues se permite a las madres iniciar el proceso de reconocimiento, sin necesidad de recurrí a la vía judicial, simplificando el derecho de los menores.
Estos procedimientos administrativos simplificados podrían generar ahorros significativos para las madres, que evitarían los costosos juicios, y al promoverse la corresponsabilidad en el cuidado y la educación de los hijos se podría esperar un impacto positivo en la economía al dar oportunidad a las madres a sumarse al sector productivo mediante empleos.
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