Divide a jueces federales la ‘Ley Chaleco’

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  • Hay posiciones opuestas de jueces federales en torno a la ‘Ley Chaleco’.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- Los cambios a la Ley de Movilidad de Quintana Roo que imponen la llamada “Ley Chaleco” tiene divididos a jueces federales que con resoluciones encontradas validan la reglamentación, pero igualmente protegen a motociclistas inconformes.

La disposición legal de llevar una estampa con el número de placa adherida en el casco y bordada en un chaleco reflejante ha generado una inconformidad que se litiga ante la justicia federal.

De ocho juicios de amparo radicados en juzgados de Distrito de la entidad, en la mitad de los casos se han negado medidas cautelares contra el ordenamiento, en otros tres se concedió provisionalmente una protección constitucional y el restante se mantiene sin resolución.

Los litigios coinciden en impugnar jurídicamente lo dispuesto en el artículo 218 Bis de la citada Ley, que igualmente faculta a las policías de tránsito del estado y los municipios a supervisar su cumplimiento.

Las medidas de seguridad que deben ser acatadas por los motociclistas consisten en cumplir también con el uso de cascos que cumplan con lo establecido en las normas oficiales mexicanas.

En la disposición se establece que ante el incumplimiento se impondrá una sanción económica que va de 759.99 a mil 085.7 pesos (equivalente de 7 a 10 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente), y el vehículo será remitido al corralón para impedir su circulación

Los fallos que han validado la legalidad de la disposición están en tres amparos radicados en juzgados de Chetumal, en los cuales se analizan los reclamos legales de Víctor Manuel Salmorán Irigoyen (36123596), Luis Antonio Pinto Torres (36127531) y José Javier Cupul Canul (36131781), y el restante promovido por Marco Antonio Ruiz Linares en Cancún.

Los jueces determinaron la improcedencia de las medidas cautelares provisionales y definitivas contra la disposición que busca garantizar la seguridad de todos los conductores, usuarios, transeúntes y del patrimonio material de terceros.

La razón, justifican, es que se contravendrían disposiciones de orden público y se perjudica al interés social.

Los fallos van en el sentido de que se promueve la seguridad vial, al ordenar y dar una mayor seguridad a los que conducen ese tipo de vehículos en la vía pública, que a su vez garantiza el derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad vial.

“Ya que tal cuerpo normativo tiene por objeto el establecimiento de derechos y obligaciones para las personas que conducen motocicletas en esta entidad federativa, con lo que se busca garantizar la seguridad de la totalidad de los conductores, usuarios, transeúntes y el patrimonio de terceros”.

En las resoluciones favorables a los motociclistas, se menciona que la autoridad pretende prevenir la criminalidad cometida a bordo de esos vehículos, pero nada tiene que ver con la seguridad vial que justificó el cambio legal promulgado, el 24 de julio pasado.

Y que los motivos citados de autoridad para reformar la legislación no quedaron establecidos en el dictamen legislativo ni en la redacción definitiva del artículo aprobado por el Congreso de Quintana Roo, el cual entró en vigor al día siguiente de la publicación del Decreto 259 en el Periódico Oficial del estado.

De los casos que cuentan con la protección legal, se impide a la autoridad que aplique la reglamentación, de los cuales dos están radicados en el Juzgado Segundo de Distrito de Cancún, uno tramitado por Uriel Herrera García (36242642) y el otro por Giovanni Castillo Álvarez (36248026), que gozan de una suspensión provisional desde el 15 de agosto pasado.

El restante se radica en el Juzgado Cuarto de Distrito, con una resolución temporal favorable a Iván Orea Contreras (36242562) desde el 26 de agosto pasado, al ganar una queja ante el Segundo Tribunal Colegiado, que revirtió la negativa de suspensión provisional.

El juicio que se mantiene sin emitir resolución a favor o en contra está en el Juzgado Primero de Distrito con sede en Chetumal, bajo el expediente 36220485, mismo que fue tramitado por Eduardo Santos Narváez, el 9 de agosto pasado.