Participación de Fuerzas Armadas en seguridad pública será permanente

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Participación de Fuerzas Armadas en seguridad pública será permanente
  • El Congreso se dispone a reformar la Constitución para permitir la participación permanente y por tiempo indefinido de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- El Congreso se dispone a reformar la Constitución para permitir la participación permanente y por tiempo indefinido de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.

El dictamen que Morena y sus aliados aprobarán modifica el artículo 89, fracción VII de la Constitución, que actualmente sólo faculta al presidente de la República para disponer de la Guardia Nacional (GN).

La nueva redacción facultará al Ejecutivo para “disponer del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley”.

Con ello, lo que era una autorización temporal a los militares, prevista hasta marzo de 2028 en un transitorio de la reforma de 2019 que creó la Guardia Nacional, se convertirá en un permiso permanente para que operen como policías.

La autorización temporal, según el transitorio, era necesaria “en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial”.

Ni la iniciativa que envió el Ejecutivo el 5 de febrero ni el dictamen aprobado el 22 de agosto por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, dan alguna explicación particular para esta parte de la reforma.

El dictamen no prevé alguna restricción o detalles sobre la actuación militar en seguridad pública, sino que los deja a leyes secundarias, que Morena puede aprobar fácilmente en ambas Cámaras.

El transitorio de 2019, en cambio, es minucioso al indicar que la intervención militar siempre será extraordinaria y temporal, es decir, sólo cuando la autoridad civil acredita la absoluta necesidad de contar con ese apoyo.

Además, soldados y marinos únicamente pueden actuar como policías de manera subordinada y complementaria a las fuerzas civiles, bajo estricta fiscalización.

“Las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades”, dice el transitorio.

Asimismo, ordena al Senado evaluaciones anuales sobre la participación militar en seguridad pública, “a fin de garantizar” que ésta terminaría en 2028, y la Guardia Nacional asumiría plenamente su función como única responsable.

La reforma al artículo 89 entraría en vigor de inmediato tras su publicación en el Diario Oficial, aparentemente eliminando el transitorio, y dejando a voluntad del Congreso retomar sus reglas en leyes secundarias, que tendrá 180 días para aprobar.

Además, la Guardia Nacional será “depurada” de elementos de la extinta Policía Federal que aún trabajan para ella, y que serán enviados a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de tal forma que la corporación será exclusivamente militar.

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