Analizan si Norma Piña puede frenar la reforma judicial

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Analizan si Norma Piña puede frenar la reforma judicial
  • La Suprema Corte de Justicia discutirá tardar si su ministra presidenta, Norma Piña, tiene facultades para suspender la implementación de la reforma judicial.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia discutirá si su ministra presidenta, Norma Piña, tiene facultades para suspender la implementación de la reforma judicial en el marco de la controversia que decidió abrir el jueves pasado.

La resolución se dará en el marco de las consultas planteadas por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED), cuyos agremiados mantienen un paro casi total de labores desde el 19 de agosto.

La ministra Lenia Batres presentó un proyecto que afirma que, en este tipo de controversias, no es posible dictar medidas cautelares como una suspensión, pues no existe ley que lo permita.

La controversia que abrió la Corte, por mayoría de ocho votos, está prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, que en su redacción literal sólo faculta a los ministros para resolver conflictos al interior del PJF, pero que ha sido interpretada para expandirla a situaciones que involucren a los otros Poderes.

“El objetivo de esta resolución”, explica el proyecto de Batres, “es determinar si, en abstracto, la Presidencia de la Corte puede pronunciarse sobre la procedencia de una suspensión u otra medida cautelar cuando el Pleno ejerce su facultad de resolver controversias” del artículo 11, fracción XVII.

La JUFED presentó su solicitud a la Corte cuando el Congreso aún no aprobaba la reforma para elegir por voto popular a todos los jueces del país, la cual fue publicada el 15 de septiembre.

Pero Batres considera que la consulta no quedó sin materia, pues lo que pide la JUFED es aclarar, como tema general, si la Presidencia de la Corte puede dictar medidas cautelares en este tipo de controversias que no son un juicio propiamente dicho.

La ministra, que el jueves pasado acusó a sus colegas de pretender un Golpe de Estado al abrir una puerta para autoasignarse la facultad de revisar reformas a la Constitución, rechaza en su proyecto que la presidenta pueda dictar alguna medida cautelar.

“No existe en la LOPJF ni en la Constitución alguna disposición que faculte a la Presidencia de esta Corte para proveer medidas cautelares en los procedimientos derivados de las controversias a las que se refiere el artículo 11, fracción XVII”, dice el proyecto.

“Tampoco corresponde aplicar la figura de la suspensión establecida en la Ley de Amparo ni las demás medidas cautelares que prevé el Código Federal de Procedimientos Civiles, porque no existe en la ley una disposición que habilite la supletoriedad de esas normas en este tipo de controversias”, agrega.

Está por verse la postura de la mayoría. Si se llega a considerar que la Presidencia puede dictar medidas cautelares, la ministra Norma Piña es quien tendría que acordarlas, y es posible que su decisión sería reclamable ante el propio Pleno de la Corte.

Jueces federales ya han concedido decenas de suspensiones para frenar la elección judicial prevista para junio de 2025, pero en amparos que tienen una base cuestionable, pues este tipo de juicios no proceden contra reformas a la Constitución, ni en materia electoral.

El Instituto Nacional Electoral (INE) y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no han aclarado si acatarán estas suspensiones, mientras que el Senado y la presidenta Claudia Sheinbaum han insistido en que la elección judicial se va a llevar a cabo.

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