- Mauricio Góngora (derecha) no ha librado acusación por peculado.
MARCO ANTONIO BARRERA
PLAYA DEL CARMEN, Q. ROO.- En una batalla legal que duró más de un lustro, Mauricio Góngora no consiguió que se diera carpetazo a una acusación en su contra por peculado, aunque pudo evadir la vinculación a proceso penal.
El expresidente municipal de Solidaridad (2013-2016) enfrentó cargos de la Fiscalía Anticorrupción de Quintana Roo por un desvío de recursos económicos de un par de préstamos bancarios utilizados con fines distintos a los que aprobó el Cabildo en 2014.
La resolución inatacable de un tribunal federal en Quintana Roo negó al expriista que le fueran retiradas en definitiva las acusaciones, y dejó abierta la posibilidad de que se abra otra acusación, “a fin de estar en aptitud de formular una nueva”.
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Este asunto se resolvió originalmente al decretarse la no vinculación a proceso relacionado con la carpeta de investigación 207/2019 por un juzgado de Control y Tribunal de Juicio Oral Penal de Primer Instancia del Distrito Judicial de Solidaridad, el 28 de junio de 2019.
Inconforme con la resolución, el exfuncionario acudió a una instancia superior para demandar la inexistencia del delito que se le atribuye y que se cerrara el caso.
El segundo fallo dictado por una sala revisora del Poder Judicial de Quintana Roo se dio en el mismo sentido que el anterior, el 17 de diciembre de 2019.
Para la justicia local, los cargos formulados incurrieron en una motivación legal deficiente al no explicar cómo fue que los datos de prueba explicaban la forma en que se cometió el presunto delito.
Este asunto está relacionado con el destino de un par de préstamos que fueron autorizados por el Cabildo el 7 de julio de 2014, para cubrir necesidades financieras y contingencias urgentes por eventualidades por una temporada de huracanes y realizar obra pública productiva que fueron suscritos del 15 al 24 de octubre de 2014.
Los recursos públicos fueron transferidos a diversas cuentas municipales y se usaron para pagar a personas físicas y morales por publicidad, publicaciones editoriales, infraestructura urbana, empresas que daban alimento a personas presas, pago de líneas telefónicas y nómina de empleados, entre otras necesidades financieras del municipio.
La no vinculación a proceso se produjo porque la autoridad ministerial no aclaró si la distracción del dinero señalado fue para usos propios o diversos, lo que no se pudo comprobar con los datos aportados durante la acusación.
El expresidente municipal insistió legalmente que la resolución fue supuestamente ilegal porque la sala responsable confirmó el auto de no vinculación a proceso sin tomar en consideración una excluyente de incriminación, con lo cual se debía sobreseer la carpeta.
Góngora Escalante tramitó después el amparo 26319176 ante el Juzgado Tercero de Distrito, contra la negativa de carpetazo dictada por una magistrada supernumeraria de la Novena Sala Especializada en Materia Penal Oral del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo, el 10 de enero de 2020.
La jueza federal validó las resoluciones anteriores con lo que se mantuvo vigente el caso, mediante sentencia del 6 de marzo de 2020.
Otra vez inconforme, recurrió a un recurso de revisión que recayó para su análisis en el Segundo Tribunal Colegiado el 20 de julio de 2022, el cual le negó en definitiva la protección federal.
Con ello, se reiteró la no vinculación a proceso y se consideró innecesaria la continuación de la investigación. aunque dejó abierta la posibilidad de una nueva acusación, según el fallo de la magistrada María Adriana Barrera Barranco, el 9 de agosto pasado.
Este mismo personaje enfrenta otra acusación que lo mantuvo preso durante más de dos años, y que mediante un amparo obtuvo que le fuera impuesta la prisión domiciliaria en 2020.