- La reforma judicial establece que las campañas durarán 60 días, es decir, iniciarán alrededor del 30 de marzo.
ÉRIKA HERNÁNDEZ / AGENCIA REFORMA
CIUDAD DE MÉXICO.- Desde actos anticipados, proselitismo en el extranjero, hasta propaganda calumniosa o en papel no reciclable serán las infracciones de candidatos al Poder Judicial que castigará el Instituto Nacional Electoral (INE).
Este viernes, la Comisión de Quejas del Instituto aprobará el listado de infracciones de aspirantes, partidos, servidores públicos, dirigentes, militantes, personas físicas o jurídicas y concesionarios de radio y televisión, en la elección judicial.
Sin embargo, en el documento se mantiene en el aire la fecha en la que la promoción adelantada puede considerarse como actos anticipados, pues sólo se indica que está prohibida “la realización de actos de campaña antes del periodo establecido por la ley para tal efecto”.
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La reforma judicial establece que las campañas durarán 60 días, es decir, iniciarán alrededor del 30 de marzo.
Consejeros del INE han advertido que podrán intervenir frente al proselitismo que actualmente realizan ministros, jueces o magistrados, hasta después del 12 de febrero, cuando los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial entreguen sus listas de candidatos al organismo.
En el documento se establece que se entenderá por “campaña” al conjunto de actividades que realizan las personas candidatas a juzgadoras y sus simpatizantes, con el propósito de difundir la trayectoria profesional, méritos y visiones acerca de la función jurisdiccional y la impartición de justicia.
A los candidatos les fijan al menos 15 infracciones, entre ellas contratación de espacios en medios electrónicos, encuestas o incluso en medios “físicos, impresos o digitales” para promoverse.
Difusión de propaganda electoral que contenga expresiones que constituyan calumnia, que vulnere el interés superior de la niñez o se difunda en el extranjero.
“La entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona”.
En un intento por frenar la injerencia de gobiernos y funcionarios, como en otros procesos electorales, se advierte que no podrán promover o pronunciarse “a favor o en contra” de candidatos.
Y pese a que el lunes se aprobó mantener la propaganda gubernamental durante las campañas, en este acuerdo se prohíbe, por lo que podría anularse dicho apartado.
Los servidores públicos tampoco podrán realizar propaganda personalizada o provocar, de alguna manera, inequidad. Mientras que los partidos tampoco deberán hacer proselitismo a favor o en contra de aspirantes.
Los ciudadanos, personas físicas o los medios de comunicación no podrán “publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio” encuestas o sondeos de opinión tres días antes de la elección y hasta la hora de cierre de las casillas.
La Unidad Técnica de lo Contencioso del INE recibirá las quejas y dictará, de ser el caso, medidas cautelares, mientras que la Sala Especializada, como sucede actualmente, verá el fondo del asunto.
Los consejos estatales o distritales también podrán recibir denuncias sobre actos anticipados, propaganda ilegal, difusión de propaganda gubernamental o material calumnioso.
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