Frena Corte 46 intentos de invalidar reforma judicial

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  • Confirma Segunda Sala supremacía del Tribunal Electoral en proceso de elección de jueces.
FELIPE VILLA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sumó 46 resoluciones que declaran improcedentes las impugnaciones presentadas contra la reforma judicial constitucional publicada el pasado 15 de septiembre.

Este miércoles, la Segunda Sala del máximo tribunal resolvió dos nuevos casos, revocando la admisión de controversias promovidas por los municipios de Miguel Amatitlán y San Pablo Villa de Mitla, Oaxaca.

Los municipios argumentaron que la reforma violaba sus derechos al no haberse realizado consultas con comunidades indígenas ni garantizar su participación en el proceso legislativo.

Las controversias constitucionales fueron admitidas a trámite en octubre por el ministro Alberto Pérez Dayán. Sin embargo, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) presentó recursos de reclamación, señalando que los municipios carecían de interés legítimo para impugnar reformas constitucionales en materia electoral, ya que estas no afectan su esfera competencial.

Tras analizar los recursos de reclamación 127 y 128/2024, la Segunda Sala de la SCJN concluyó que las demandas no demostraban afectaciones directas a los derechos que la Constitución otorga a los municipios involucrados.

Además, las posibles vulneraciones señaladas estaban relacionadas exclusivamente con aspectos intraprocesales del procedimiento legislativo en Oaxaca.

Los ministros Javier Laynez Potisek, Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa avalaron por unanimidad la decisión de declarar improcedentes las controversias, consolidando la postura del tribunal sobre la legitimidad en la impugnación de reformas constitucionales.

Con este fallo, la SCJN reafirma los criterios que ha venido estableciendo desde la publicación de la reforma judicial, ratificando la improcedencia de las acciones legales que no cumplan con los requisitos de afectación directa estipulados por la Constitución.

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