Suprema Corte da luz verde a la geolocalización bancaria

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  • El fallo obliga a los bancos a resguardar los datos obtenidos mediante geolocalización por un periodo mínimo de diez años a fin de evitar violaciones a la privacidad y posibles fraudes.
FELIPE VILLA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un paso decisivo en la regulación del uso de la geolocalización bancaria, una herramienta que ha generado tanto elogios como preocupaciones entre los usuarios del sistema financiero.

Con la aprobación del proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la Segunda Sala del máximo tribunal del país avaló la constitucionalidad del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, permitiendo a los bancos utilizar la geolocalización para reforzar la seguridad de las transacciones electrónicas.

El caso llegó al máximo tribunal del país a raíz de una usuaria que interpuso un amparo contra su banco, argumentando que el sistema de geolocalización vulneraba su derecho a la privacidad. Tras agotar las instancias administrativas, incluyendo la intervención del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el asunto fue finalmente resuelto por la Segunda Sala de la SCJN.

En la resolución, la ministra Batres destacó que la geolocalización no solo fortalece la legitimidad de las transacciones sino que también reduce el error humano, facilita la identificación de operaciones sospechosas y optimiza la seguridad de los datos personales. Además, el proyecto enfatiza que la geolocalización no es una medida permanente, sino que se activa únicamente cuando el usuario realiza una operación bancaria en línea.

Este fallo también establece que los bancos están obligados a resguardar los datos obtenidos mediante geolocalización por un periodo mínimo de diez años, garantizando al mismo tiempo que los clientes puedan acceder a su información en términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Sin embargo, la decisión de la SCJN no ha estado exenta de polémica. Diversos sectores de la sociedad han manifestado su preocupación por el posible mal uso de estos datos y la vulnerabilidad ante ataques cibernéticos. Organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) han advertido sobre los riesgos de que terceros puedan acceder indebidamente a la ubicación de los usuarios, lo que podría facilitar fraudes o incluso delitos como el secuestro.

A pesar de estas inquietudes, el fallo de la SCJN refuerza la postura de que la geolocalización es una herramienta clave en la lucha contra el fraude financiero y el lavado de dinero. En un entorno donde los fraudes cibernéticos van en aumento, la capacidad de los bancos para identificar movimientos sospechosos con base en la ubicación del usuario es un mecanismo de prevención que podría evitar pérdidas millonarias.

Casos previos han demostrado la importancia de estas medidas. En 2022, un cliente denunció que se habían realizado transferencias desde su cuenta bancaria mientras él se encontraba en México y las operaciones habían sido ejecutadas desde otro país. Fue gracias a la geolocalización que se pudo demostrar la irregularidad y revertir el fraude. Sin embargo, también existen denuncias de que este mismo mecanismo ha sido utilizado para restringir arbitrariamente el acceso de usuarios a sus cuentas, afectando su derecho a la libre disposición de su dinero.

Con esta resolución, la SCJN reafirma la obligación de las instituciones bancarias a implementar mecanismos de seguridad en favor de sus clientes, pero deja abierta la discusión sobre la protección de la privacidad y el adecuado manejo de la información personal. La geolocalización es, sin duda, un arma de doble filo: puede ser una barrera contra el crimen financiero, pero también un riesgo latente si no se implementa con las debidas salvaguardas.