- Tribunales federales recordaron a la Secretaría de Educación Pública que no puede prohibir la venta de alimentos chatarra en universidades.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA
CIUDAD DE MÉXICO.- Tribunales federales recordaron a la Secretaría de Educación Pública (SEP) que no puede prohibir la venta de alimentos chatarra en universidades, pues los alumnos son adultos que tienen derecho a decidir libremente lo que consumen.
Lo anterior, luego de que varias universidades y empresas han promovido amparos para impugnar los lineamientos publicados por la SEP el 30 de septiembre, último día del sexenio pasado, para regular la preparación, la distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel en instituciones del sistema educativo.
La SEP pretende aplicar estos lineamientos en universidades, para lo cual se dio un plazo de seis meses para alcanzar acuerdos con Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior.
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Pero la Suprema Corte de Justicia estableció, desde 2017, que es inconstitucional prohibir la venta de este tipo de alimentos a mayores de edad, máxime que las actividades de las empresas que los producen es lícita.
Pese a este criterio de la Corte, el Congreso insistió en 2023 en mencionar, en una reforma a la Ley General de Educación, que los lineamientos de la SEP sobre alimentos deben aplicarse en “toda escuela”.
Los nuevos amparos han sido promovidos por el ITAM, asociaciones civiles afiliadas de la Universidad Panamericana, la cadena de restaurantes Maison Kayser, por embotelladoras de Coca-Cola FEMSA, y por la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac).
“La mayoría de estudiantes en instituciones de educación superior son adultos no sujetos a tutela especial por parte del Estado”, explicó el magistrado Marco Antonio Cepeda Anaya, en la sesión del 17 de enero del Décimo Quinto Tribunal Colegiado Administrativo, que otorgó la suspensión a Kayser.
En el amparo de la Canirac, sin embargo, el Cuarto Tribunal Colegiado Administrativo negó la suspensión, con el argumento de que algunos alumnos de universidades son menores de 18 años.
“Está demostrado que en las instituciones de educación superior los educandos no son todos adultos, sino que hay personas adolescentes, aspecto que implícitamente está reconocido por la quejosa al señalar que lo adultos son mayoría, por lo que entonces existe una minoría no adulta y es de interés social que las políticas de salud alimentaria se apliquen en tales espacios”, afirmó el tribunal.
En uno de los amparos, la SEP pidió permiso al juez para grabar y transmitir en vivo la audiencia incidental donde se resolvió sobre la suspensión definitiva, lo que fue negado.
El litigio de fondo para resolver si los lineamientos de la SEP deben o no aplicar en universidades puede tomar alrededor de un año, y está por verse si la Corte, que será renovada en septiembre, intervendrá de nuevo para revisar su criterio de 2017.