- A Aguakan se le encontró responsable de incurrir en una falta de certeza en el consumo real luego de emitir las boletas de pago.
MARCO ANTONIO BARRERA
CANCÚN, Q. ROO.- Tribunales federales en materia administrativa y judicial exhibieron ilegalidades de Aguakan, la empresa concesionaria de agua potable, alcantarillado y saneamiento que brinda el servicio en cuatro municipios de Quintana Roo.
A la compañía Desarrollos Hidráulicos de Cancún (que opera comercialmente como Aguakan), la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) le impuso una multa al constatar que facturó indebidamente un consumo desproporcionado a una vivienda particular, de la cual reconoció que el medidor estaba en mal estado.
El caso es relevante porque la compañía aceptó ante los órganos de justicia que la falla del aparato se dio ya “que se había trabado”, pero siguió emitiendo facturas mensuales, que al no ser saldadas ordenó el corte del vital líquido.
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El caso quedó documentado en el amparo directo 30850580 del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, ante cuya última instancia legal recurrió Aguakan para intentar sacudirse la sanción económica, el 13 de septiembre de 2022.
Este mismo abuso de Aguakan se analizó antes en el juicio de nulidad 279/22-20-01-5 en la Sala Regional del Caribe y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y Auxiliar con sede en Cancún, que validó el pago de la sanción en agosto de 2022.
El reclamo de la persona afectada se realizó el 19 de abril de 2021, y la empresa quedó enterada 10 días después, pero la boleta de consumo se emitió con normalidad en abril y mayo del mismo año.
Ante la falta de atención, el quejoso escaló el caso a la Profeco el 6 de mayo siguiente, en cuya oficina denunció el cobro desproporcionado y “fuera de los parámetros de consumo de una casa habitación”, respecto al primer mes de los citados.
En la factura de mayo se integró un adeudo y se agregó el supuesto consumo corriente, mientras que Aguakan alegó que supuestamente pudo comprobar el mal funcionamiento del medidor hasta el 30 de junio siguiente.
Como parte del proceso conciliatorio se programó una visita para constatar el medidor de agua y se ordenó sustituirlo, y se citó a las partes el 6 de agosto.
Al llegar el plazo se supo que Aguakan hizo caso omiso al dejar el medidor dañado, y al no haber una conciliación se sometió la queja a un procedimiento arbitral que se programó para el 7 de octubre.
La empresa y el particular desistieron, pero la Profeco comenzó un procedimiento de oficio para sancionar las infracciones cometidas e impuso una pena económica por incurrir en incumplimientos normativos, cuya cantidad no se mencionó.
La justificación fue que la moral no informó ni respetó los precios estipulados de los servicios, a pesar de que tuvo conocimiento de que el medidor funcionaba incorrectamente y el monto de facturación era improcedente.
“La empresa proveedora requirió un cobro a la parte consumidora a sabiendas que no estaba acreditada su legal procedencia, lo que además de afectar su patrimonio, le privó de un servicio vital, calificando de este modo su conducta como grave”.
A la empresa se le encontró responsable de incurrir en una falta de certeza en el consumo real luego de emitir las boletas de pago, en la que no respetó los precios y tarifas respecto a la prestación del servicio de agua potable, a pesar de estar al tanto de la operación deficiente del aparato medidor.
La sentencia del tribunal administrativo negó la protección legal el 1 de agosto de 2022, cuya inconformidad de Aguakan escaló al Primer Tribunal Colegiado, que validó la sanción mediante una sentencia notificada el 8 de enero pasado.
El abuso documentado es relevante porque esta misma empresa ha sido señalada no sólo de prestar un servicio ineficiente y abusivo, sino de imponer saldos desproporcionados a los consumidores.
El caso en cuestión ocurrió unos meses antes de que se sometiera la permanencia del servicio a la voluntad ciudadana, mediante un ejercicio participativo en cuatro municipios de la zona norte de Quintana Roo.
Los resultados tuvieron un carácter vinculante y se resolvió retirar el permiso para operar en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres y Puerto Morelos, en junio de 2022.
Aguakan igualmente defiende en tribunales la terminación anticipada de la concesión que concluyó en 2023, luego de que el Congreso estatal emitió un decreto que quitó validez a una anterior firmada en términos poco claros, que le extendió el plazo hasta 2053.
Como parte de este embrollo, los directivos del consorcio empresarial que es el accionista mayoritario de la compañía, encabezados por el presidente del Consejo del Grupo Mexicano de Desarrollo, Jorge Ballesteros Franco y su director general adjunto Diego Xavier Avilés, enfrentan denuncias legales y se les trató detener el 2 de enero pasado.
Igualmente, está el director general de Aguakan, Paul Rangel, al que se le trató de aprehender el 22 de diciembre de 2024, por cuyos hechos han interpuesto amparos por separado.
Los mandamientos se trataron de cumplimentar por elementos de la Agencia de Investigación Criminal, la Guardia Nacional y la Policía Federal Ministerial, en un caso activo por acusaciones de proporcionar información falsa a un juez de Distrito.
Los señalamientos obedecen a que la concesionaria presuntamente incurrió en los cargos para gozar de protección legal que le permite mantener la concesión que ya le había revocado por el Congreso de Quintana Roo.
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