- Mantiene Suprema Corte vigente el artículo que permite a candidatos judiciales cubrir gastos personales en campañas.
FELIPE VILLA
CIUDAD DE MÉXICO.– El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no invalidar el artículo 522, párrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el cual permite a los candidatos a jueces, magistrados y ministros erogar recursos propios para cubrir gastos personales, viáticos y traslados dentro del ámbito territorial correspondiente a su candidatura.
Durante la sesión de este martes, los ministros discutieron el proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien propuso la inconstitucionalidad de dicho artículo al considerar que podría dar lugar a un financiamiento indebido dentro del proceso electoral judicial. Sin embargo, la propuesta no alcanzó la mayoría calificada necesaria para ser aprobada.
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En el debate, la ministra Lenia Batres Guadarrama argumentó que la prohibición del financiamiento público y privado en estas campañas busca evitar cualquier tipo de injerencia indebida. No obstante, destacó que impedir que los candidatos cubran sus propios gastos de desplazamiento y manutención significaría eliminar la posibilidad de realizar campaña de manera efectiva.
Batres Guadarrama precisó que cualquier contacto con el electorado implica gastos personales que, de prohibirse, restringirían el derecho a la participación, y argumentó que aprobar la inconstitucionalidad de este artículo implicaría declarar ilícita cualquier actividad de campaña, prohibiendo todos los gastos personales de los candidatos, incluso para movilizarse como el gasto en gasolina y el uso de un vehículo. “Es decir, no podría haber candidaturas más que vía internet”, expuso.
Por su parte, el ministro Javier Laynez Potisek sugirió que algunas ministras que participarán en la elección judicial podrían haberse declarado impedidas para votar en este asunto. En respuesta, Batres Guadarrama recordó que, conforme al criterio de la SCJN, en impugnaciones a normas generales no procede el impedimento de los integrantes del Pleno, ya que las resoluciones tienen efectos generales para toda la población.
Finalmente, al no alcanzarse la mayoría calificada para invalidar el artículo 522, la disposición se mantiene vigente, permitiendo a los aspirantes a jueces, magistrados y ministros solventar sus propios gastos personales durante las campañas.