Cancelan delito de desaparición a ex mando, por Caso Ayotzinapa

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  • Un juez federal canceló el delito de desaparición forzada a Gualberto Ramírez Gutiérrez.
STAFF / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Un juez federal canceló anoche el delito de desaparición forzada a Gualberto Ramírez Gutiérrez, ex jefe antisecuestros de la extinta Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido).

Esto, en el proceso en que le imputan mantener en calidad de “ilocalizable” a Felipe Rodríguez Salgado, “El Cepillo”, presunto delincuente implicado en el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa desaparecidos.

Con esta determinación, Ramírez Gutiérrez está cada vez más cerca de la libertad, porque ya sólo tiene vigente en este proceso uno de los cuatro delitos que le imputó a la FGR en julio del 2023, y en todas las demás imputaciones venció jurídicamente a la Fiscalía.

También reiteró la vinculación a proceso por tortura, ahora el único delito que mantiene preso a Ramírez Gutiérrez, luego de librar tres delitos en la misma causa penal y conseguir también la cancelación de otros dos procesos penales diversos.

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En cumplimiento a una sentencia de amparo del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México, el juez de control Juan José Hernández Leyva, del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, determinó que ese ilícito está prescrito.

En una audiencia iniciada a las 18:40 horas y concluida a las 21:30, el juez resolvió que el delito de desaparición forzada en agravio de “El Cepillo” prescribió el 16 de enero de 2018, dos años antes de que la Fiscalía General de la República (FGR) abriera su investigación.

Durante la misma audiencia, reiteró la vinculación a proceso por tortura, el único de los cuatro delitos por los que ahora permanece abierto este procedimiento penal.

En este asunto, a Ramírez Gutiérrez le atribuyen haber estado presente en un interrogatorio realizado el 16 de enero de 2015 en las instalaciones de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), en la calle Moneda, donde “El Cepillo” supuestamente fue torturado.

Esa diligencia fue grabada en un video difundido en redes sociales el 13 de julio de 2020.

La Fiscalía General de la República (FGR) en un principio imputó al ex funcionario por los delitos de coalición de servidores públicos, intervención de comunicaciones privadas, tortura y desaparición forzada.

Al resolver su situación jurídica, el 1 de julio de 2023, Hernández Leyva propuso que no había elementos para vincularlo por los dos primeros delitos, pero sí por los restantes.

En su imputación, la FGR sostuvo que durante el tiempo en el que estuvo sujeto al interrogatorio en el edificio de la AIC, “El Cepillo” no sólo fue víctima de torturas, sino que permaneció en calidad de “desaparecido”.

Sin embargo, el mes pasado el Primer Tribunal Colegiado Penal concedió a Ramírez Gutiérrez un amparo en el que se debía atenuar el delito de desaparición forzada e instruyó al juez de la causa resolver si estaba o no prescrito.

El Código Penal Federal prevé moderar la sanción cuando la víctima es liberada tres días después de su captura y en este caso “El Cepillo” estuvo “desaparecido” sólo de las 01:03 a las 3:30 horas del 16 de enero de 2015.

El ex mando de la Seido originalmente fue procesado por una desaparición forzada de persona, que se castiga con 15 a 40 años de prisión, y el fallo del tribunal reclasificó el delito a una modalidad cuya sanción es de 8 meses a 4 años de cárcel.

Con este nuevo parámetro, el plazo para perseguir el delito quedó en 2 años con 4 meses de cárcel, pero la norma vigente establece que el plazo mínimo de prescripción debe ser de 3 años.

Con base en esos lineamientos, anoche el juez Hernández Leyva dictó que ese plazo de prescripción debía contarse a partir del día en que “El Cepillo” fue liberado.

Por tanto, el término para perseguir a Ramírez se cumplió el 16 de enero de 2018 y no fue interrumpido por ninguna actuación ministerial, ya que la FGR abrió la investigación por la desaparición hasta 2020.

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