Endurecen las penas por delitos ambientales

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  • La Cámara de Diputados aprobó una reforma que amplía el catálogo de delitos ambientales e incrementa las penas de los ilícitos contra el medio ambiente y la gestión ambiental.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó una reforma que amplía el catálogo de delitos ambientales e incrementa las penas de los ilícitos contra el medio ambiente y la gestión ambiental.

La reforma, que modifica el Código Penal Federal, aumenta de un rango de seis meses a dos años de prisión, a entre dos y siete años de prisión la pena a quien quebrante los sellos puestos por la autoridad competente, la cual aumentará hasta una tercera parte cuando tras el quebrantamiento de sellos se continúe con la conducta que originó la imposición de la sanción.

Las modificaciones fueron avaladas por unanimidad, con 460 votos, luego de que el Pleno aprobó una reserva presentada por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, y suscrita por los coordinadores parlamentarios de cinco de las seis bancadas, a excepción de Movimiento Ciudadano.

La reforma establece una pena de entre uno y nueve años de prisión y de mil a cinco mil días de multa a quien desmonte, extraiga o destruya cualquier tipo de vegetación natural o recursos foresta maderable; a quien corte, arranque, derribe o tale árboles se les aplicará una sanción de dos a 10 años de prisión y de mil a cinco mil días de multa, y para quien afecte Áreas Naturales Protegidas, las penas aumentarán hasta en 20 años de prisión y hasta 10 mil días de multa.

Cuando estos delitos se realicen usando armas de fuego o por medios violentos, la pena aumentará hasta en 15 años de prisión y hasta ocho mil días de multa.

Duplica también las penas para quien transporte, comercie, enajene, distribuya, suministre, acopie, compre, reciba, adquiera, almacene, resguarde, posea o transforme materias primas forestales o productos forestales maderables cuando estos provengan de Áreas Naturales Protegidas y el volumen no exceda dos metros cúbicos.

De ahí, con esta agravante, las sanciones podrían alcanzar hasta 24 años de cárcel.

Los diputados incrementaron también de uno a 10 años de prisión y de 458 a 4 mil 585 días de multa a quien críe, entrene, posea, transporte, compre o venta a un perro para exhibición, espectáculos o peleas, para quien organice, promueva o anuencia peleas de perro u ocasione que menores de edad asistan o presencien este tipo de actos.

La modificación establece que será un delito que ameritará sanciones de entre uno y cuatro años de prisión generar, usar o difundir información falsa o simulada ante autoridades ambientales para obtener registros, constancias, reconocimientos, distintivos, certificados de desempeño ambiental o cualquier otra relacionada con la gestión ambiental.

Las sanciones, establece, serán aplicables a las personas jurídicas y a sus administradores.

*Con información de Agencia Reforma

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