Corrige SCJN negativa del Registro Civil a comunidad rarámuri

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  • Tras 12 años de trabas, Corte protege el derecho a la identidad rarámuri y ordena a autoridades de Chihuahua a reconocer la validez de su sistema normativo tradicional.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- Durante más de una década, integrantes de la comunidad indígena rarámuri de Tehuerichi, en la Sierra Madre Occidental de Chihuahua, enfrentaron un laberinto de trámites, oficios sin respuesta y negativas burocráticas para obtener algo tan básico como el reconocimiento legal de sus nacimientos y defunciones.

Tras años de gestiones fallidas ante el Registro Civil y diversas autoridades estatales, finalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio hoy un giro al caso al aprobar por mayoría el proyecto del ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, que ordena garantizar el derecho a la identidad de los habitantes de esa comunidad y reconoce la validez de su sistema normativo tradicional.

La resolución reconoce que las autoridades del estado de Chihuahua vulneraron los derechos de la comunidad al negarse a expedir actas de nacimiento y defunción a sus integrantes bajo el argumento de que no contaban con documentos oficiales —como certificados médicos o actas ministeriales— que acreditaran esos hechos. Para la Corte, esa negativa ignoró la existencia del sistema normativo propio de la comunidad y el papel de sus autoridades tradicionales en la constatación de nacimientos y fallecimientos.

Una década de trámites fallidos

Desde 2012, los habitantes de la comunidad rarámuri de Tehuerichi realizaron múltiples gestiones ante dependencias estatales y federales para obtener actas de defunción y nacimiento, documentos indispensables para ejercer derechos básicos como acceso a servicios, programas sociales o trámites legales.

Sin embargo, sus solicitudes fueron sistemáticamente rechazadas por el Registro Civil de Chihuahua, que alegó la inexistencia de registros previos o la falta de certificados médicos. Incluso solicitudes presentadas ante instancias como la Comisión Nacional para los Pueblos Indígenas o la Procuraduría Agraria no obtuvieron respuesta efectiva.

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Ante ese panorama, el gobernador tradicional de la comunidad promovió en 2020 un juicio de amparo contra diversas autoridades estatales, incluida la Dirección del Registro Civil, el Congreso local y el gobierno estatal, por la omisión de garantizar el derecho a la identidad de sus integrantes.

Reconocimiento del pluralismo jurídico

Al analizar el caso, la Suprema Corte determinó que el conflicto debía examinarse a la luz del pluralismo jurídico, principio que reconoce la coexistencia de sistemas normativos indígenas junto con el orden jurídico estatal.

En su proyecto, el ministro Guerrero García destacó que las autoridades estatales aplicaron de manera rígida la legislación civil sin considerar las normas y autoridades propias de la comunidad indígena.

Dentro de ese sistema, el Siríame —la máxima autoridad tradicional— tiene entre sus funciones registrar y dar constancia de nacimientos y defunciones de los integrantes de la comunidad, un mecanismo reconocido socialmente dentro de su estructura comunitaria.

Al ignorar estas prácticas, concluyó la Corte, el Estado de Chihuahua dejó de respetar las instituciones propias de la comunidad y obstaculizó el acceso de sus integrantes a su identidad jurídica.

Amparo con efectos ampliados

El máximo tribunal decidió modificar la sentencia de amparo para ampliar los efectos de la protección constitucional. Con ello, no sólo ordenó expedir las actas de defunción pendientes, sino también vinculó a diversas autoridades del estado de Chihuahua para que implementen políticas públicas que garanticen el derecho a la identidad de los pueblos indígenas.

Entre las medidas ordenadas se encuentra la creación de mecanismos que permitan reconocer los sistemas normativos indígenas en la constatación de nacimientos y fallecimientos, así como la implementación de procedimientos accesibles para comunidades remotas.

Una comunidad aislada

La comunidad rarámuri de Tehuerichi se ubica en la Sierra Madre Occidental, a unos 60 kilómetros de la cabecera municipal de Carichí, una distancia que puede implicar hasta quince horas de caminata debido a las condiciones geográficas.

Está integrada por alrededor de 40 rancherías y más de 260 jefes de familia, lo que representa aproximadamente mil 560 habitantes. Cerca del 90 por ciento de la población es monolingüe en lengua rarámuri, lo que también ha sido una barrera para acceder a servicios institucionales.

Dentro de su organización social, el gobernador o Siríame es elegido por consenso en asambleas comunitarias y posee reconocimiento moral de la colectividad, además de desempeñar funciones administrativas y de registro dentro de la comunidad.

Identidad negada

La ausencia de actas de nacimiento y defunción no sólo implicó la falta de reconocimiento legal de las personas, sino también la imposibilidad de acceder plenamente a derechos fundamentales.

En algunos casos, incluso cuando se lograron expedir actas de nacimiento, los integrantes de la comunidad denunciaron errores en los registros: autoridades del Registro Civil se negaron a incluir el nombre de la ranchería donde nacieron —como dicta su tradición— e incluso les impusieron apellidos mestizos.

Además, prácticas culturales como el entierro de las personas con sus identificaciones dificultaban cumplir con los requisitos administrativos exigidos por el sistema registral estatal.

Un precedente para pueblos indígenas

La decisión de la Corte representa un precedente relevante para el reconocimiento de los sistemas normativos indígenas en México y para la protección del derecho a la identidad de comunidades que viven en condiciones de aislamiento o marginación institucional.

Con esta resolución, el máximo tribunal envía un mensaje claro: las autoridades estatales deben garantizar el acceso a la identidad jurídica sin desconocer las formas de organización y validación de hechos que existen dentro de los pueblos indígenas.

Para la comunidad rarámuri de Tehuerichi, el fallo significa el fin de una larga batalla legal y la posibilidad de que sus integrantes cuenten finalmente con el reconocimiento jurídico que durante años les fue negado.

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