Obligan a abrir carpeta de investigación en cada caso de personas desaparecidas

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  • Tras la reforma sobre desaparición vigente desde julio de 2025, el registro nacional de personas desaparecidas ahora depende de que se abran carpetas de investigación en fiscalías.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- Producto de la reforma en materia de desaparición que entró en vigor en julio de 2025, el Gobierno federal informó que los registros de personas desaparecidas en el sistema nacional ahora estarán condicionados a la apertura de carpetas de investigación en fiscalías.

La nueva disposición obliga a que todo reporte incluya datos mínimos y derive en una investigación formal, como requisito para su incorporación al registro.

“Hoy es requisito tener datos mínimos y que se aperture carpeta de investigación para tener un registro de persona desaparecida”, señaló el subsecretario de Derechos Humanos, Arturo Medina.

Durante la mañanera, el funcionario explicó que la ley también establece sanciones para los ministerios públicos que incumplan con esta obligación.

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“El artículo setenta y cuatro de la ley establece que se iniciará un procedimiento de responsabilidad administrativa, con independencia de alguna otra responsabilidad que se pueda derivar de la falta de apertura de la carpeta de investigación”, indicó.

Detalló que las sanciones pueden ir desde apercibimientos hasta multas o inhabilitación de funcionarios. “Las responsabilidades administrativas van desde apercibimientos, multas o inhabilitaciones”, dijo.

La Presidenta Claudia Sheinbaum advirtió que la omisión también puede derivar en responsabilidades penales.

“Sí, también, por omisión. La omisión es de un funcionario público. También está catalogada penalmente. Se puede abrir una carpeta a un funcionario que por omisión no abrió una carpeta”, afirmó.

La Mandataria reiteró que la responsabilidad de iniciar investigaciones recae en fiscalías estatales.

“No todos los estados han cumplido, por eso se reforzó en la ley. Porque los gobiernos estatales y las fiscalías estatales tienen la primera responsabilidad. La mayoría de las personas desaparecidas, la desaparición por particulares o la desaparición forzada, se investiga desde lo local”, dijo.

Indicó que el Gobierno federal mantiene coordinación permanente con fiscalías estatales para garantizar la apertura de carpetas y la actualización de registros.

“Todos los días hablando con los fiscales estatales para que actualicen sus carpetas de investigación, lamentablemente, por ejemplo donde una persona se reportó como desaparecida y después se encontró, lamentablemente sin vida, el secretariado les pide porque a veces no lo ponen como localizado, aunque sea sin vida”, señaló.

Las detenciones

Por su parte, la Secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, informó que, se creó una base nacional de carpetas de investigación para concentrar información sobre desapariciones y su estatus.

“Es obligatorio que los reportes de desaparición incluyan la apertura de una carpeta de investigación en las fiscalías”, afirmó.

Reportó que, entre octubre de 2024 y marzo de 2026, se han cumplimentado 286 órdenes de aprehensión relacionadas con el delito de desaparición de personas.

La funcionaria detalló las nuevas disposiciones legales y recordó que la reforma estableció mecanismos obligatorios para la búsqueda inmediata.

Informó que se activó una Alerta Nacional de Búsqueda que se distribuye de forma masiva e inmediata a instituciones federales, estatales y actores privados.

Indicó que en este esquema participan 512 instituciones, entre fiscalías, comisiones de búsqueda, fuerzas de seguridad, aeropuertos, terminales y empresas.res.

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