Se salva ISSSTE de pagar 5,810 mdp

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  • Con el voto de la mayoría de ministros y ministras, el Pleno de la Suprema Corte amparó al ISSSTE para evitar el millonario pago por adeudo de impuestos al Gobierno de la Ciudad de México.
FELIPE VILLA

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) evitó el pago de un adeudo cercano a los 5 mil 800 millones de pesos al Gobierno de la Ciudad de México, luego de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera —por mayoría de seis votos, uno en contra y dos ausencias— concederle el amparo en un litigio que se arrastraba desde 2017.

La resolución representa un alivio financiero significativo para el organismo, que, de haber sido obligado a cubrir el crédito fiscal derivado de impuestos como el predial y otros gravámenes locales, habría enfrentado un escenario de presión económica severa. Durante la sesión, la ministra ponente Lenia Batres Guadarrama advirtió que el monto reclamado podría haber colocado al Instituto en una situación cercana a la inviabilidad financiera.

El caso tiene su origen en una demanda interpuesta en 2017, mediante la cual autoridades fiscales de la Ciudad de México reclamaban al ISSSTE el pago de contribuciones acumuladas por varios años —principalmente por concepto de impuesto predial, nómina y otros derechos— correspondientes a ejercicios anteriores.

El adeudo, que se fue acumulando por más de un quinquenio, alcanzó una cifra que, según se expuso en la sesión, superaba incluso el presupuesto anual de instituciones como la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación y el de la Cámara de Senadores en 2016.

Además, la ministra Batres subrayó que el monto reclamado equivalía aproximadamente al 20% del presupuesto total del Gobierno de la Ciudad de México, lo que dimensiona el tamaño del litigio y su impacto potencial tanto para el Instituto como para las finanzas públicas locales.

Antes de iniciar el estudio del asunto, el ministro presidente Hugo Aguilar planteó la posibilidad de retirarlo para analizarlo en una sesión posterior. Sin embargo, la ministra ponente rechazó la propuesta al argumentar que se trataba de un caso que llevaba años en trámite y que ya existían los elementos suficientes para someterlo a votación.

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Asimismo, señaló que el expediente había permanecido demasiado tiempo en la Corte y que postergar su resolución implicaría prolongar la incertidumbre jurídica.

La discusión de fondo se centró en determinar si el ISSSTE debía pagar impuestos locales por sus bienes inmuebles o si estos se encontraban exentos por su naturaleza jurídica. La Corte concluyó que: los bienes del ISSSTE, al estar destinados a la prestación de servicios públicos de salud, se presumen de dominio público y en consecuencia, pueden estar exentos del pago de impuestos como el predial, conforme a lo establecido en la Constitución.

Además, cuestionó la omisión de la autoridad fiscal del gobierno capitalino, por trasladar al ISSSTE la carga de la prueba para demostrar que sus inmuebles están exentos del pago de impuestos, cuando era su labor.

Este criterio revierte la interpretación previa de tribunales inferiores, que habían considerado que el Instituto no acreditó dicha condición y, por tanto, debía cubrir los adeudos.

Aunque la Corte concedió el amparo, el asunto no quedó totalmente concluido. El expediente será devuelto al tribunal correspondiente para que: se determine con precisión qué inmuebles del ISSSTE están efectivamente destinados al servicio público; y cuáles podrían no estarlo, lo que abriría la puerta a una eventual obligación de pago en casos específicos

La decisión de la Suprema Corte establece un criterio importante sobre el alcance de las facultades fiscales locales frente a bienes de organismos públicos federales.

En particular, refuerza el principio de que: los bienes destinados a servicios públicos no pueden ser gravados indiscriminadamente por autoridades locales, salvo que se demuestre un uso distinto a su función principal.

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