Descartan recortar pena por la desaparición de eperristas

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  • Un tribunal federal desechó una solicitud para recortar la condena de 32 años de cárcel a uno de los supuestos implicados en la desaparición de los líderes del EPR.
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CIUDAD DE MÉXICO.- Un tribunal federal desechó una solicitud para recortar la condena de 32 años de cárcel a uno de los supuestos implicados en la desaparición de los líderes del Ejército Popular Revolucionario (EPR), Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, ocurrida en 2007 en Oaxaca.

El Primer Tribunal Colegiado en Apelación en Materia Penal de la Ciudad de México desechó la solicitud del beneficio de la remisión parcial de la pena presentado por Albino Sánchez Osorno, “El Babalucas”, ex agente de la Policía de Oaxaca acusado del caso, aunque el recurso se promovió por el cargo por el que sí fue sentenciado que fue delincuencia organizada.

La prerrogativa, prevista en la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, consiste en descontar un día de prisión por cada dos de trabajo a quienes compurgan una condena.

El ex agente fue sentenciado a 32 años de prisión y su pena empezó a ser contabilizada desde el 15 de diciembre de 2010, cuando fue detenido en la capital de Oaxaca, por lo que en caso de que hubiese laborado todos los días en reclusión, el descuento a su castigo sería de más de siete años.

Por unanimidad, los magistrados del colegiado desecharon la petición del ex policía porque la citada Ley de Normas Mínimas ya no estaba vigente cuando Sánchez fue sentenciado.

Argumentaron que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció un candado para que en solicitudes de beneficios preliberacionales se aplique la ley vigente en el momento en que queda firme la condena y no la que imperaba cuando inicia el proceso.

En el caso de “El Babalucas”, su sentencia causó ejecutoria el 30 de octubre 2018, cuando la reforma a la Ley Nacional de Ejecución Penal tenía más de dos años de vigencia, pues su entrada en vigor data del 17 de junio de 2016.

“Por tales razones existe impedimento legal para analizar el beneficio de remisión parcial de la pena… debido a que en la fecha en que causó ejecutoria la sentencia condenatoria emitida contra el justiciable ya no estaba vigente”, sentenció el colegiado.

El ex policía presentó ya un amparo contra esta determinación y, mientras se define su suerte, continuará cumpliendo su castigo en el Centro Federal de Readaptación Social Número 5, denominado Oriente, en Villa Aldama, Veracruz.

Sánchez Osorno fue uno de los primeros detenidos por la desaparición de Reyes Amaya y Cruz Sánchez, dirigentes del EPR, registrada el 27 de mayo de 2007 en Oaxaca. Sin embargo su condena fue dictada en el juicio por el delito de delincuencia organizada, proceso abierto en 2011.

En 2020, la Fiscalía General de la República lo acusó por la desaparición forzada de los dirigentes sociales, pero en octubre de ese año un juez de distrito le dictó la libertad por falta de elementos.

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