CONTRASTANDO IDEAS

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CONTRASTANDO IDEAS
  • Siempre no hubo ‘TORO’ y MORENA pierde Tres de Tres.
DR. JULIO JIMÉNEZ MARTÍNEZ

Con el voto mayoritario a favor de seis de los siete magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral, se confirma la cancelación de los ex candidatos morenistas Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón Orozco y la confirmación del 10 por ciento como porcentaje que previene la sobrerrepresentación de MORENA en el Congreso de la Unión; sin embargo, sólo se pronunció en contra el magistrado José Luis Vargas Valdez, presidente del TEPJF.

No cabe duda que los magistrados del TEPJF, respetaron las formalidades del debido proceso, garantizando el estricto respeto a los Derechos Humanos y el principio de presunción de inocencia de los ex candidatos morenistas, ya que a pesar de las pruebas ofrecidas y los alegatos formulados por MORENA; se confirmó la hipótesis prevista en el art. 229 de la LGIP, ya que acreditó la conducta omisa y engañosa de los ex candidatos morenistas violando de manera dolosa y premeditada los principios de transparencia y rendición de cuentas, circunstancia que más allá de una obligación, es un elemento fundamental para el sostenimiento de la sociedad y sin ella la democracia se convertiría sólo en un ideal y la justicia social en un simple trámite. Hechos que acreditó la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral que demostró que el informe de gastos de precampaña, en realidad nunca fue entregado por MORENA, lo que actualizó “una conducta consistente en la fabricación de pruebas” por parte de Félix Salgado y su partido Morena que tampoco cumplió con la presentación de los informes de precampaña de sus aspirantes a la gubernatura de Guerrero, por lo que ese instituto político dejará de recibir el 25 por ciento de sus ministraciones mensuales, alcanzando un monto de 6 millones 573 mil 391 pesos.

Es de vital importancia aclarar que el senador morenista con licencia, fue cuestionado por la autoridad electoral, en relación a diversas publicaciones en Facebook, sin embargo, este se limitó a negar ser el autor de esos posts, a pesar de que las cuentas en redes sociales eran de su propiedad, como lo pudo acreditar la sala superior del TEPJF; ya que estas inconsistencias, imprecisiones y falsedades constituyen una conducta dolosa para los magistrados electorales que consideraron que la omisión en la presentación de gastos de precampaña de Salgado Macedonio y Raúl Morón, fue deliberada y dolosa por lo que adquirió una “gravedad mayor” que afectó los principios de equidad en la contienda, por lo tanto, los alegatos hechos en esa instancia por Salgado Macedonio resultaron ineficaces; ya que no lograron convencer al magistrado Indalfer Infante Gonzales, autor del proyecto de sentencia que fue avalado por 5 magistrados más, quienes consideraron válida la investigación del INE en la que se fiscalizó la precampaña del morenista que violó el principio de transparencia y rendición de cuentas, establecido en la última reforma electoral de 2014, pues este precepto garantiza la equidad en las elecciones y, pretende evitar que recursos de procedencia ilícita lleguen a los comicios.

Por si fuera poco, el TEPJF le dio el último revés a Morena; ya que aprobó la medida del INE, para evitar que MORENA alcance una sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados, por medio de la estrategia de postular a sus propios militantes como candidatos de otro partido con el que se vaya en coalición, con la finalidad de acaparar más curules y construir una ilegítima sobrerrepresentación en el Congreso, ya que Morena y sus aliados tienen esa mayoría gracias a diputados “cachirules”.

No podemos olvidar que en el año 2018, numerosos candidatos de mayoría relativa de Morena, incluyendo figuras prominentes como Mario Delgado y Zoé Robledo, fueron postulados como candidatos del PES o el PT, los otros partidos que formaron parte de la coalición “Juntos Haremos Historia”, circunstancia que permitió la posibilidad de que al momento de definir las curules de representación plurinominal, esos diputados de mayoría relativa, es decir, electos por el voto directo, se pasaran formalmente a la bancada de Morena, inflando de esta manera los votos obtenidos por este partido, causando que lograra obtener más diputaciones plurinominales: cuyo reparto no se hace por el sufragio directo, sino que se basa en el porcentaje de votación lograda en la elección federal. Para el proceso electoral 2021, el INE, diseñó una medida que tiene como objetivo evitar que, al momento del reparto de las diputaciones plurinominales, el partido con la mayoría legislativa, pueda lograr una representación mayor a la alcanzada en las urnas; ya que se verificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos triunfadores por el principio de mayoría relativa; es decir, aquella que esté vigente al momento del registro de la candidatura; razón por la que en caso de que la candidatura triunfadora no tenga una afiliación efectiva a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado, buscando el mayor equilibrio entre el porcentaje de votos y escaños obtenidos y en caso de que la candidata o el candidato triunfador haya contendido por su reelección, en el supuesto que este no cuente con una “afiliación efectiva” a alguno de los partidos que le postularon, el triunfo será contabilizado, para efectos de la asignación, al partido a cuyo grupo parlamentario haya pertenecido al momento del registro de la candidatura.