Meten freno a Tren Maya

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Meten freno a Tren Maya
  • Suspende juez federal obras del tramo 5 Tulum-Playa del Tren Maya, la medida es temporal y no impide proseguir con trámites.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- Como una medida de precaución para evitar ‘daños inminentes, irreversibles e irreparables’ a los ecosistemas por la falta de estudios de impacto ambiental, un juez federal de Yucatán ordenó paralizar momentáneamente las obras del Tramo 5 Sur del ‘Tren Maya’, que proyectan recorrer 60 kilómetros de Playa del Carmen a Tulum en Quintana Roo.

La medida cautelar obedece a que, en opinión del Juez Primero de Distrito con sede en Mérida, Adrián Fernando Novelo Pérez, se acreditaron los cinco requisitos que impone la Ley de Amparo para conceder una suspensión provisional cuando se recurre a la protección federal contra actos de autoridad.

En la resolución del juicio de amparo 29802122 dictada el pasado lunes (a la que Luces del Siglo tuvo acceso), se ordena a las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Desarrollo Territorial y Urbano (Sedatu), al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y a la empresa Fonatur Tren Maya a detener la construcción, infraestructura, remoción o destrucción de la biodiversidad del terreno o cualquier otra actividad que implique su ejecución material hasta en tanto se dictamina la suspensión definitiva del caso.

La medida judicial, sin embargo, no impedirá a las autoridades proseguir con los trámites administrativos relacionados con el proyecto ferroviario ni con la elaboración de presupuestos y proyectos o cualquier otro acto que no tenga un impacto material en la zona.

La demanda de garantías fue interpuesta por tres buzos especialistas en la inmersión de cuevas, cenotes y ríos sumergidos cuya labor realizan hace 15 años en Playa del Carmen, representados por José Guillermo Urbina Bravo, quienes demandaron su derecho constitucional a un medio ambiente sano.

El primer argumento de los quejosos validado por el juez fue que se modificó el trazo original del Tramo 5 del ‘Proyecto Tren Maya’ por falta de planeación, conocimiento, precaución y estudios relacionados con el suelo kárstico que impera en la zona, además prevalece la falta de estudios de impacto ambiental.

Igualmente, que conforme al ‘trazo preliminar’, el proyecto ferroviario correrá de norte a sur atravesando ríos subterráneos que corren de oeste a este, además del inicio de deforestación en Playa del Carmen, Río Secreto, Akumal y Tulum sin contar con los estudios del tipo de suelo, sin rescate de fauna y flora y sin las manifestaciones de impacto ambiental.

El segundo elemento fue la falta de permisos, autorizaciones y trabajos que conllevan a la planeación, ejecución, operación y desarrollo de actividades, entre los cuales está el desmonte de vegetación que choca con el estándar más alto de protección al medio ambiente, así como la afectación del agua de comunidades.

Incluso, la falta de una garantía de la participación pública en asuntos ambientales por el impacto que tendrán las obras en la selva maya, la red de ríos, cenotes y el sistema de cuevas subterráneas del Caribe mexicano.

El tercer argumento se dio también por satisfecho cuando se demostró la afectación a los quejosos, al ser habitantes del municipio de Solidaridad y beneficiarios de los servicios ambientales del ecosistema vulnerado, en particular de los ríos subterráneos, cuevas y cenotes.

El interés legítimo se acreditó también al comprobarse que los beneficiarios ambientales son aquellos que habitan o utilizan el ‘entorno adyacente’ o las áreas de influencia de un determinado ecosistema, sin que fuera necesario acreditar el daño al medio ambiente que será materia del juicio de amparo.

El cuarto requisito cubierto se cumplió cuando el juzgador hizo una consulta a la página oficial del proyecto del Tren Maya y constató la inexistencia de la Manifestación de Impacto Ambiental del Tramo 5 Sur.

‘Los actos de autoridad que se reclaman, de ejecutarse, podrían tener un efecto irreversible, ya que dicha ejecución del proyecto trae consigo la remoción o destrucción de la vegetación, perforación del suelo, lo cual sin duda modifica el entorno o biodiversidad en la zona’.

El quinto y último requisito consistió en que el acto reclamado representa un peligro inminente con perjuicios de difícil reparación, pues el proyecto implica la tala de árboles, la destrucción de la flora y de las especies nativas.

‘… hasta en tanto se dicte la suspensión definitiva, se pudieran evitar daños inminentes e irreparables al medio ambiente, máxime que en muchas ocasiones, cuando las consecuencias a la alteración de un ecosistema es perceptible para el ser humano, es porque el daño al medio ambiente ya es irreparable e irreversible’.

Los solicitantes del amparo lo hicieron originalmente ante el Juzgado Noveno de Distrito de Quintana Roo que radicó el caso bajo el número 29751823, pero que se transfirió a su similar de Yucatán con 72 cuartillas acumuladas.

El cambio obedeció por al acuerdo SECNO/23/21 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que aprobó la concentración de los casos relacionados con las consecuencias de planeación, construcción, desarrollo y/o acondicionamiento del ‘Tren Maya´ en el Juzgado Primero de Distrito de Mérida, desde el pasado 7 de julio.

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