Consideran innecesario incluir domicilio en recibo

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Consideran innecesario incluir domicilio en recibo
  • Actualmente se imprime la versión 3.3 de recibos de nómina, que no incluyen el domicilio, por lo que es factible no pedirlo para la 4.0.
AZUCENA VÁSQUEZ / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La obligación de incluir el domicilio fiscal de los trabajadores asalariados en los recibos de nómina para tenerlos más vigilados es innecesaria, ya que son contribuyentes cautivos, consideraron expertos consultados.

Por sus ingresos salariales, es muy poco probable que evadan al fisco, debido a que la retención la hace el patrón, explicó Virginia Ríos, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

El requisito de incluir el domicilio fiscal es parte de la nueva versión 4.0 de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), como facturas por compra y venta de productos y recibos de nómina —de trabajadores asalariados, por honorarios u otros—, que será obligatoria a partir de 2023.

“Pero los asalariados realmente son contribuyentes súper cautivos, el patrón es el que se ostenta como responsable de ellos, de retenerles el impuesto, pagarlos al SAT, entonces no tienen ningún caso que se haga eso”, sostuvo Ríos.

Dijo que el Código Fiscal dice que el domicilio para las personas físicas que no realizan actividades empresariales ni profesionales es el lugar donde realizan sus actividades, es decir, en la empresa.

Aclaró que sólo cuando no caiga en esos supuestos, podría ser usado como domicilio fiscal su casa, pero para ello se debe probar que ahí hace sus actividades.

Guillermo Mendieta, contador público y socio de Mendieta & Asociados, señaló que actualmente se emiten estos recibos sin incluir el domicilio, por lo que aún es factible no pedirlo para la versión 4.0. Actualmente se imprime la versión 3.3.

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