Restituyen atribuciones a Síndica de Bacalar

594
  • La resolución jurisdiccional ordenó al Ayuntamiento de Bacalar publicar por el término de 72 horas la presente sentencia en su sitio oficial.
IGNACIO CALVA

CANCÚN, Q. ROO.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), por unanimidad de votos, determinó restituir la totalidad de las atribuciones que por Ley se le confieren a la Síndica Municipal del Ayuntamiento de Bacalar.

El organismo resolvió los dos juicios que fueron presentados por Juana Vanessa Piña Gutiérrez contra la aprobación del Cabildo de revocarle su carácter de apoderada jurídica del citado Ayuntamiento, efectuada en la Primera Sesión Extraordinaria del 11 de julio del año en curso.

El reclamo fue que en dicha determinación no quedó plenamente acreditada la existencia de algún conflicto de intereses entre el Ayuntamiento y la Síndica Municipal, para que se le quitaran sus atribuciones como representante legal de la comuna.

Los magistrados del Teqroo resolvieron revocar el Acuerdo del mediante el cual le revocaron el carácter de Apoderada Jurídica a la Síndica Municipal, y se restituyeron sus facultades a Piña Gutiérrez.

Respecto al segundo juicio iniciado por la funcionaria por violencia política contra las mujeres en razón de género, el agravio no quedó acreditado, ya que en ningún momento se realizaron acciones tendentes a limitar o menoscabar el ejercicio de sus funciones por el hecho de ser mujer, por lo que fue declarado inexistente.

Al no acreditarse la violencia política de género, el Pleno dejó sin efectos las medidas de protección otorgadas a la actora mediante el Acuerdo Plenario del 19 de julio del presente año.

La resolución jurisdiccional ordenó al Ayuntamiento de Bacalar publicar por el término de 72 horas la presente sentencia en el sitio Oficial del Ayuntamiento, bajo la advertencia de incumplimiento se impondrá alguna de las medidas de apremio previstas por el artículo 52 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

En otro caso, respecto al Recurso de Apelación presentado por Angy Estefanía Mercado Asencio contra el Director Jurídico del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y el Acuerdo dictado por éste, mediante el cual desecha las quejas relativas a dos expedientes, el Pleno por unanimidad de votos determinó revocar.

En el fallo se determinó que la autoridad responsable atribuyó indebidamente la carga de la prueba a la denunciante, cuando en la materia, el Ieqroo como autoridad administrativa, debe sustanciar debidamente el procedimiento, garantizando la máxima protección de los derechos de las víctimas.

Te puede interesar: Bajo la lupa empresas de seguridad privada