Anula Corte captura de Cabeza de Vaca

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Anula Corte captura de Cabeza de Vaca
  • La Suprema Corte de Justicia anuló ayer la orden de aprehensión por lavado de dinero y delincuencia organizada contra de Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia anuló ayer la orden de aprehensión por lavado de dinero y delincuencia organizada que el Gobernador panista de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca enfrentaba desde el 18 mayo de 2021.

La Primera Sala de la Corte invalidó por unanimidad la orden, librada por el juez federal Iván Zeferino Hernández en la causa penal 139/2021, así como la solicitud que presentó a dicho juez la Fiscalía General de la República (FGR).

Según la Corte, no se podía ejercer acción penal contra el Mandatario panista, porque el Congreso de Tamaulipas rechazó homologar el desafuero aprobado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2021.

La sentencia, en la controversia 70/2021, no absuelve al Gobernador de los delitos que se le imputan, pero la FGR tendrá que esperar a que termine su sexenio, el próximo 30 de septiembre, para poder acusarlo de nuevo.

Cabe recordar que la FGR nunca pudo ejecutar la orden de aprehensión en contra de García Cabeza de Vaca, debido a la suspensión que le concedió un juez federal de Reynosa en un amparo, precisamente porque existía la duda sobre la subsistencia del fuero.

Desde que las controversias constitucionales fueron reglamentadas en 1995, es la primera vez que la Corte invalida un acto de otro órgano del Poder Judicial Federal; en este caso, del juez Zeferino quien, junto con la FGR, invadieron las atribuciones exclusivas del Congreso de Tamaulipas.

Tanto el Pleno de la Corte en varios precedentes ignorados por Zeferino, como ahora la Primera Sala, han establecido que, para ejercer acción penal en contra de un alto funcionario estatal por un delito federal, no basta el desafuero en la Cámara de Diputados, sino que se requiere la autorización de la legislatura local, actuando de manera autónoma e independiente a la decisión federal.

Lo anterior está previsto en el artículo 111 de la Constitución, como salvaguarda a la soberanía de los estados, de tal modo que sus funcionarios no queden a merced de acciones unilaterales de los poderes y órganos federales.

El Ministro Juan Luis González Alcántara, autor de la sentencia aprobada ayer, sostuvo este criterio en mayo de 2021, cuando inicialmente no quiso admitir la primera controversia del Congreso de Tamaulipas contra el desafuero.

González Alcántara afirmó en esa ocasión que no había controversia que dirimir, porque la legislatura estatal ya había rechazado homologar el desafuero de García Cabeza de Vaca y, por tanto, sólo se le podía perseguir una vez terminada su Administración.

Al votar ayer la controversia, la Primera Sala reconoció la validez del proceso de desafuero o declaración de procedencia realizado en la Cámara de Diputados contra García Cabeza de Vaca, sin que esto implique reconocer que el Gobernador perdió su inmunidad procesal.

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