Fijan lineamientos contra acoso escolar

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Fijan lineamientos contra acoso escolar
  • Las autoridades educativas locales deberán elaborar un protocolo para erradicar el acoso escolar en la enseñanza básica.
VÍCTOR OSORIO / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Las autoridades educativas locales deberán elaborar un protocolo para erradicar el acoso escolar en la enseñanza básica —preescolar, primaria y secundaria— conforme a los lineamientos publicados el pasado jueves en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Cada protocolo, señala, establecerá acciones para la prevención, atención —incluyendo detección, notificación, intervención y seguimiento— y medidas de no repetición.

El documento define el acoso escolar como “toda conducta intencional, direccionada, frecuente y en desigualdad de poder (ya sea física, de edad, social, económica, entre otras) que se ejerce entre las o los educandos en el entorno escolar, generalmente en privado y lejos de los ojos de los adultos, con objeto de someter, explotar y causar daño”.

Considera como modalidades de acoso el físico, el socioemocional, el verbal y el ciberacoso.

Establece que los directivos de los planteles educativos convocarán al personal docente para conformar un cuerpo colegiado para el diseño e implementación de los mecanismos y procedimientos para enfrentar el acoso escolar.

Entre las medidas de prevención incluye campañas de sensibilización; talleres para madres, padres o tutores; identificación de lugares de posible riesgo dentro de los planteles, e instauración de mecanismos de resolución pacífica de conflictos.

Los Lineamientos para el Protocolo de Erradicación del Acoso Escolar en Educación Básica delinean mecanismos de detección y notificación de casos.

“La notificación de un posible caso de acoso escolar o ciberacoso puede ser emitida por la posible víctima, madres, padres o tutores, por las y los educandos, el personal docente, autoridades escolares, autoridades educativas o de forma anónima por cualquier persona”, se indica.

“La notificación de un caso no exime la responsabilidad u obligación de iniciar con estrategias de intervención para la protección de la posible víctima”.

El proceso de intervención, se explica en el documento, inicia con la confirmación del caso de acoso escolar por parte del cuerpo colegiado, e incluye la elaboración de actas de hechos por parte del personal docente y/o directivo, la redacción de cartas de compromisos por parte de los alumnos acosadores y sus padres o tutores y medidas de acompañamiento, protección y canalización ante autoridades competentes para restablecer el bienestar de las y los involucrados.

“Si la o el educando que ejerce la conducta de acoso escolar comete acciones que puedan catalogarse como delitos en contra de la víctima, dar parte a las autoridades competentes e informar a las autoridades educativas y a las madres, padres o tutores de los involucrados sobre la situación, documentando el hecho”, plantea la SEP.

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