Faltan facultades sobre seguridad

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  • La legislación estatal no regula responsabilidades del Poder Ejecutivo en seguridad pública, según estudio.
FELIPE VILLA

CHETUMAL, Q. ROO.- La persona titular del Poder Ejecutivo de Quintana Roo goza de menos facultades en materia de seguridad pública que la mayoría de sus homólogos de las otras entidades de la República. Apenas dos rubros, de ocho, son contemplados en la Constitución estatal.

Algunos, la gobernadora Mara Lezama Espinosa los asume de facto sin que haya regulación al respecto. Un estudio de los Servicios de Información y Análisis Especializados, de la Cámara de Diputados, advierte que la legislación de Quintana Roo no regula responsabilidades cruciales del Poder Ejecutivo estatal en seguridad pública.

Incluso, hay facultades y obligaciones que ni siquiera se mencionan en la Carta Magna de la entidad.

De ocho tipos de responsabilidades, la ley quintanarroense sólo otorga dos a la titular del Poder Ejecutivo del estado. Uno de ellos, “disponer de la Policía Preventiva Municipal en caso de asuntos de emergencia y fuerza mayor”. El otro, contar con “el mando de la Policía Estatal”.

Los demás, han pasado de noche para los diputados de las 17 Legislaturas que ha tenido Quintana Roo desde que dejó de ser territorio y se convirtió en estado de la República.

Destaca que en ninguna parte de la Constitución quintanarroense se responsabiliza a la persona titular del Poder Ejecutivo del estado de “cuidar la conservación del orden, la tranquilidad, la seguridad interna o externa, la seguridad de los habitantes, la paz y la protección estatal ciudadana”.

Tampoco tiene atribuciones formales para “impedir los abusos de las fuerzas públicas o armadas contra los ciudadanos y los pueblos”.

Ni está facultada para ejercer la “coordinación en materia de seguridad en el ámbito federal, local y municipal”.

El estudio observa, asimismo, que quien ocupe la titularidad del gobierno estatal no tiene atribuciones frente a la Guardia Nacional ni demás fuerzas federales.

Ni puede “disponer de las corporaciones policiales en el ámbito federal y municipal para contrarrestar alguna alteración en su territorio o poder combatir alguna situación de gravedad”.

Finalmente, tampoco tiene facultades para “nombrar funcionarios dentro de las fuerzas de seguridad”.

En contraste, estados como Chihuahua alcanzan cinco de las ocho atribuciones. Otros, como Tamaulipas, Coahuila, Hidalgo, Michoacán o Morelos cuentan con cuatro. La mayoría llega a tres.

El documento señala que “cada entidad federativa tiene diversos problemas de seguridad y criminalidad”. Por ello, advierte, “el titular del Poder Ejecutivo debe tener a su disposición las fuerzas de seguridad para contrarrestar la creciente ola de violencia e inseguridad”.

En ese sentido, observa que los Congresos locales tienen la responsabilidad de dotar a cada Poder Ejecutivo estatal de las facultades legales “para asegurar el bienestar social de la entidad”.

Es decir, el Poder Legislativo quintanarroense tiene la tarea de discutir y aprobar en la Constitución del estado las “facultades, atribuciones, restricciones y prohibiciones en materia de seguridad pública” del Poder Ejecutivo.