Resolverá Corte Atlas de Riesgo de Cancún y Tulum

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  • El Atlas de Riesgo de Cancún y Tulum se dirime en la Suprema Corte.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si los particulares pueden reclamar legalmente la omisión de creación, aprobación y publicación del Atlas de Riesgo en los municipios de Benito Juárez y Tulum.

Los casos que se iniciaron mediante amparos se debaten en una controversia jurídica que escaló a la Primera Sala del máximo tribunal, ante sentencias de jueces federales de Quintana Roo de que las disposiciones contenidas en este tipo de documentos no afectan los intereses jurídicos ni legítimos de los particulares.

La relevancia de ambos fallos es que se reconoció la importancia de los Atlas de Riesgo que no sólo otorgan seguridad para reducir riesgos y desastres entre la población, sino sirven como una herramienta de apoyo en la planeación urbana.

El debate legal quedó, en controversias separadas, en la Primera Sala de la SCJN, a propuesta de tribunales de segunda instancia, a los que recurrieron los quejosos para revisar las sentencias de los juzgados de Distrito, cuyo sentido dejó los reclamos en la misma condición en que empezaron.

Un primer amparo lo encabeza la asociación civil “Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano” contra una universidad que elaboró el documento y de autoridades que lo validaron.

Al Cabildo de Benito Juárez y a la Dirección General de Protección Civil se les reclama la aprobación y validación en la 44 sesión ordinaria de 2020, y a la Secretaría Municipal de Ecología y Desarrollo Urbano, la omisión de vigilar el cumplimiento de la legislación aplicable y, por ende, permitir su validación y aprobación.

A la Universidad de Quintana Roo y a la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano se les señala la elaboración y aprobación publicada el 10 de septiembre de 2020.

El asunto llegó al amparo 27087428 del Juzgado Quinto de Distrito, cuya sentencia sobreseyó la solicitud el 21 de octubre de 2021, de la cual prosiguió un recurso de revisión ante el Primer Tribunal Colegiado.

El órgano revisor se declaró incompetente y turnó el caso 30651258 a la SCJN en junio de 2023, cuya instancia lo admitió finalmente bajo el número 975/2023 el 22 de enero pasado.

Un segundo juicio de garantías está registrado con el número 27938063 del Juzgado Octavo de Distrito, donde el particular Alejandro Álvarez Enríquez demandó al Ayuntamiento de Tulum, en abril de 2021.

El reclamo legal consiste en la falta de aprobación, publicación y aplicación del Atlas de Riesgo, cuyo caso fue igualmente sobreseído, al determinarse que las disposiciones contenidas no afectan los intereses jurídicos ni legítimos de los particulares.

En la resolución del Juez Julio César Ortiz se asentó que el Atlas de Riesgo tiene un contenido meramente informativo, el cual sirve únicamente como una base de conocimiento del territorio y de los peligros que pueden afectar a la población y la infraestructura de un sitio.

“Por sí solo, no crea ni genera normas ni actos que tengan por objeto el ordenamiento y la regulación de los procesos de conservación, mejoramiento y crecimiento de los asentamientos humanos del territorio municipal”.

Para el juzgador federal, el interés del particular nacerá, cuando un acto administrativo, plan o normativa de desarrollo urbano, con base en cualquier documento, genere un impacto negativo sobre la esfera de derechos de cualquier persona.

Pero se deberá demostrar que ello fue consecuencia de la información contenida y entonces habrá un interés para promover un juicio de amparo.

La sentencia de amparo fue impugnada ante el Primer Tribunal Colegiado que lo registró con el número 30651258, que a su vez se declaró incompetente y lo turnó a la Corte, cuya Primera Sala confirmó su admisión el 12 de febrero pasado.