Impedir lluvias se castigará con hasta 25 años de prisión en Oaxaca

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  • Esta medida legal incluye la consideración de delitos como obstaculizar, disminuir o impedir la precipitación de lluvias.
STAFF LUCES DEL SIGLO

OAXACA, OAX.- En un esfuerzo por proteger los recursos hídricos y la subsistencia de las comunidades agrícolas, la Legislatura de Oaxaca ha reformado el Código Penal para incrementar las penas por el delito de Despojo de aguas.

Esta medida legal incluye la consideración de delitos como obstaculizar, disminuir o impedir la precipitación de lluvias mediante la dispersión de nubes o la alteración de los ciclos hidrológicos naturales por vía química, sónica o cualquier otra.

La nueva legislación establece que cualquier persona que desvíe o haga uso indebido de aguas, tanto propias como ajenas, o impida su libre curso será castigada con severidad.

En casos donde la ley no permite estas acciones, se contemplan penas de hasta 25 años de prisión y multas de entre mil y mil 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Según la exposición de motivos, “evitar la precipitación de lluvias es una conducta que atenta contra el equilibrio natural y la forma de vida de las comunidades de Oaxaca”.

En un estado donde los cultivos dependen mayormente del temporal, impedir la lluvia constituye una acción criminal que afecta la alimentación y la sobrevivencia de las familias campesinas.

La sequía y las fallas en el suministro de agua han cobrado relevancia en los últimos meses a nivel nacional, ocasionada por diversas razones que van desde la falta de infraestructura para otorgar el servicio hasta el cambio climático.

Desde el año 2002, campesinos de la región fronteriza entre Oaxaca y Puebla han reportado sobrevuelos de aeronaves que, presuntamente, dispersan sustancias químicas para evitar la formación de nubes de lluvia. Esta zona abarca más de 500 mil hectáreas, cruciales para la agricultura local.

El Pleno del Congreso aprobó esta semana, con 24 votos a favor, reformar los artículos 384, 384 bis y 385 del Código Penal estatal; para incrementar las penas por despojo de aguas y tipificar como un delito la acción de obstaculizar, disminuir e impedir la precipitación de lluvias.

La aprobación de esta reforma ha sido recibida con alivio por las comunidades agrícolas de Oaxaca, quienes durante años han denunciado estas prácticas sin recibir respuesta efectiva. Se espera que la nueva legislación no sólo disuada estas actividades, sino que también promueva la preservación de los recursos hídricos y asegure el sustento de miles de familias campesinas.

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