Ordenan registrar taxis colectivos de Zona Continental a Cancún

94
Ordenan registrar taxis colectivos de Zona Continental a Cancún
  • La petición de los transportistas tiene que ver con el trámite de alta de vagonetas tipo Urvan y Toyota, color blanco.
MARCO ANTONIO BARRERA

ISLA MUJERES, Q. ROO.- El Instituto de Movilidad de Quintana Roo (Imoveqroo) deberá reconocer la validez, vigencia y legalidad de medio centenar de concesiones de taxis colectivos que se otorgaron al final de la gestión del exgobernador Roberto Borge.

A casi ocho meses de que quedó firme una sentencia de amparo favorable a transportistas, un juzgado federal se mantiene a la espera de que se integren los permisos citados en el Registro Público de Transporte.

Con los títulos se pretende dar el servicio público colectivo entre la Zona Continental de Isla Mujeres y Cancún, mediante recorridos que irán de la zona hotelera de Costa Mujeres, Isla Blanca y Rancho Viejo a Plaza Las Américas, de Punta Sam y de Rancho Viejo a la terminal de autobuses ADO, y de la Ciudad Militar de la Zona Continental al muelle de Punta Sam.

El caso tiene que ver con un litigio promovido por la organización “Transporte Ejidal Isla Mujeres, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada”, a través de su Consejo de Administración representado por su presidente Enrique de Jesús Tejero, la secretaria Gabriela Rosado y la tesorera Marina de la Luz Pérez.

Los demandantes solicitaron la inscripción de los documentos en el padrón de concesionarios de Quintana Roo que, por cuestiones administrativas, quedaron sin reportar en la etapa de transición de la ex Secretaría de Infraestructura y Transporte (Sintra) al Imoveqroo.

Junto con el registro, pidieron la autorización para la cromática y el uso de las 50 unidades vehiculares, el diseño, colores, logotipos, tipografía y demás características de identificación, las tarifas, rutas y el color de uniformes de choferes.

La petición de los transportistas tiene que ver con el trámite de alta de vagonetas tipo Urvan y Toyota, color blanco, con las que se busca dar un servicio con un horario diurno y nocturno.

La discrepancia surgió cuando el Instituto negó el reconocimiento de los títulos-concesión, mediante una respuesta escrita que puso en duda la legalidad de los permisos, el 22 de febrero del año pasado.

Siguió también una negativa verbal del recaudador de rentas y del jefe de módulo de emplacamiento de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), respecto a la improcedencia del trámite de alta de las unidades motorizadas con números económicos del 01 al 50, el 10 de marzo de 2023.

Los documentos en cuestión fueron expedidos notarialmente el 19 de septiembre de 2016 (10 días antes de que concluyera la gestión de Borge Angulo), y avalados por Sintra, en mayo de 2021.

La disputa legal se elevó al amparo 32407424 del Juzgado Séptimo de Distrito con residencia en Cancún (10 de abril del año pasado), del cual se emitió una sentencia favorable a los quejosos al siguiente 9 de agosto.

El fallo estableció que la persona titular de una concesión puede solicitar su inscripción al Registro Público de Transporte, sin que exista alguna reglamentación que imponga la obligatoriedad de que solo se integren los documentos que obren en los archivos del Instituto o que le hubieran sido entregados por otra autoridad.

La misma resolución ordenó que una vez que el fallo cause ejecutoria (como ocurrió con el desechamiento de un recurso de revisión en diciembre pasado), se emita otro documento de respuesta.

La justificación legal deberá evitar mencionar que el Imoveqroo se encuentra impedido legalmente para tramitar el alta e inscripción en el Registro citado, y tampoco referir falta de reconocimiento de veracidad y legalidad de los 50 títulos de concesión que le fueron presentados.

La solicitud deberá ser declarada favorable de haberse cumplido con lo estipulado en el reglamento de la Ley de Movilidad de Quintana Roo.

El juzgador federal ordenó también que la nueva contestación deberá ser fundada y motivada jurídicamente, respecto a la petición de uso de cromática, unidades vehiculares, diseño, colores, logotipos, tipografía y demás características de identificación de los vehículos, tarifas, rutas y color de uniforme de choferes.

El mismo fallo dejó sin validez la orden verbal de las autoridades de finanzas que negaron el emplacamiento de las unidades.

Te puede interesar: Plantean nuevo contrato para recoja de basura en Othón P. Blanco