Gana la 4T, se aplicará la reforma judicial

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  • El proyecto para invalidar la reforma judicial no alcanzó los ocho votos requeridos en la Suprema Corte.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Y al final se impuso la 4T. La reforma judicial se aplicará tal como fue aprobada por el Congreso de la Unión y los Congresos locales. Todos los jueces, magistrados y ministros serán elegidos por voto popular.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró su debate sobre la reforma judicial sin pronunciamiento alguno, al no tener los ocho votos necesarios para invalidar las normas reclamadas.

Luego de un receso, el Pleno aclaró por mayoría que la invalidez de leyes sigue requiriendo al menos ocho votos.

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara sólo contenía declaraciones de invalidez, por lo que tanto él, como la presidenta Norma Piña, consideraron que era inútil seguir una discusión que en todos los temas iba a llegar al mismo resultado: una mayoría insuficiente para anular.

El resultado oficial es una sentencia de desestimación, es decir, la Corte no hace pronunciamiento sobre la validez o invalidez de las normas impugnadas por los partidos de oposición.

El voto decisivo, sumado al de las tres ministras que han defendido la reforma judicial —Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres—, fue del ministro Alberto Pérez Dayán, quien sostuvo su criterio histórico de que las acciones son improcedentes contra reformas a la Constitución, y que la Corte no puede revisar el contenido de la Carta Magna.

Este ministro tiene pendiente presentar al Pleno el proyecto de una controversia inicial bajo el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, en el cual, según lo que expresó, probablemente sólo plantearía estudiar vicios de procedimiento en la aprobación de la reforma.

Sin embargo, el proyecto de González Alcántara rechazaba que dichos vicios hubieran existido, por lo que se trata de un camino que difícilmente llevará a una sentencia contra la reforma, por la cual todos los jueces del país serán electos por voto popular.

También están pendientes cientos de amparos de personal judicial y asociaciones civiles, que eventualmente pueden llegar en revisión a la Corte, pero en un proceso lento y de resultados inciertos, dado que la propia Constitución ya prohíbe efectos generales a las sentencias en este tipo de juicios.

González Alcántara proponía anular la elección por voto popular de jueces y magistrados federales y locales, algunos aspectos del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial y la prohibición de efectos generales para suspensiones y sentencias en juicios de amparo, entre otros temas.

La Corte había pasado más de cinco horas en su sesión matutina del martes para resolver, por primera vez en su historia, que puede revisar reformas a la Constitución que afecten los valores esenciales de la República y los derechos humanos, pero esa decisión de nada sirvió, ante la imposibilidad de juntar los ocho votos para invalidar.

PÉREZ DAYÁN NIEGA PRESIONES

El ministro Alberto Pérez Dayán, quien se apartó del bloque de ocho ministras y ministros que perfilaban invalidar parcialmente la reforma al Poder Judicial, rechazó que su voto hubiera derivado de presiones políticas o denuncias penales en su contra.

“Simplemente decidí de acuerdo con lo que he expresado en precedentes. No existe denuncia ni carpeta de investigación en mi contra, eso es falso”, dijo el ministro en entrevista con Agencia Reforma.

“Me dolería resolver de manera diferente a lo que pienso, siempre ha sido así”.

Durante la sesión, el ministro Pérez Dayán votó por desechar las acciones de los partidos de oposición para impugnar la reforma judicial, por considerar que son improcedentes para cuestionar cambios a la Constitución.

Su voto, sumado al de las ministras Batres, Esquivel y Ortiz, fue suficiente para evitar la mayoría de ocho que se requería para aprobar las declaratorias de invalidez propuestas por el ministro Juan Luis González Alcántara, entre ellas, la de la elección por voto popular de jueces locales y federales, así como de magistrados.

“No imagino una Corte que tenga la atribución de decidir qué lleva la Constitución y qué no lleva”, recalcó Pérez Dayán.

En la sesión, sostuvo que el Tribunal no tiene facultades para pronunciarse sobre el contenido de la Carta Magna, lo que ha mantenido desde hace años en varios casos.

El asunto que Pérez Dayán citó con más énfasis ocurrió en 2016, cuando por ocho votos contra tres, la Suprema Corte desechó acciones de partidos que cuestionaban la reforma constitucional que convirtió al Distrito Federal en Ciudad de México. Otros cuatro ministros de esa mayoría, que aún están en funciones, cambiaron hoy su criterio con diversos argumentos.

Jorge Pardo y Luis María Aguilar, ministros de carrera judicial como Pérez Dayán, también fueron relevantes en la sesión, al considerar que sigue aplicando el candado de ocho votos para invalidar leyes, pese a que la Constitución ya sólo requiere seis votos, porque la nueva regla sólo es para cuando la Corte quede integrada por nueve ministros.

En esa votación, el resultado fue de seis contra cinco, aunque esta minoría incluyó a González Alcántara, quien aclaró que los seis votos no debían aplicar en este caso, porque las reglas del juego no se deben establecer cuando ya se está jugando.