Amparo a Calica tiene efecto limitado

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  • Calica consiguió un amparo que sólo le sirve para que continúe el caso en sus diferentes etapas.
MARCO ANTONIO BARRERA

PLAYA DEL CARMEN, Q. ROO.- Un tribunal federal concedió una endeble protección legal a la empresa Calizas Industriales del Carmen (Calica), pero ésta no le restituye sus actividades extractivas.

La resolución tampoco detiene ni da por terminado el procedimiento administrativo que encabeza la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en el municipio de Solidaridad.

Con el fallo favorable provisional del Primer Tribunal Colegiado de Quintana Roo, la compañía consiguió únicamente que se continúe el caso en sus diferentes etapas, hasta que se dicte la suspensión definitiva en un juicio de amparo.

La minera se inconformó contra una resolución del Juzgado Cuarto de Distrito que le negó medidas cautelares contra el procedimiento de clausura temporal total de los predios “La Adelita” y “El Cochalito” decretado el 24 de junio pasado.

La medida ambiental ordenó la paralización de las actividades extractivas por carecer del cambio de uso de suelo en terrenos forestales y del estudio técnico justificativo ante la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

El incumplimiento se sustentó por incumplir lo establecido en las leyes generales de Equilibrio Ecológico y de Desarrollo Forestal Sustentable en materia de cambio de uso de suelo.

A la compañía se le acusa de daños ambientales al ecosistema por provocar la mezcla de agua salada y dulce en las excavaciones para extraer roca caliza.

La resolución del juez de Distrito que impugnó, antepuso la aplicación del principio “in dubio pro natura”, que en caso de duda prevalece la regla de favorecer la protección y conservación del medio ambiente.

En el mismo fallo se validó la negativa de dar continuidad a la extracción de material pétreo, pero se evitó hacer algún pronunciamiento de suspender la resolución administrativa para preservar la materia del juicio.

Ante la instancia revisora, la compañía acusó al juez federal de paralizar el procedimiento, supuestamente ordenado “de manera inconstitucional e ilegal”, e “indebidamente fundado y motivado”, al perjudicar el interés social y el derecho a un medio ambiente sano.

En la defensa de Calica (que cambió su nombre comercial a Sac-Tun) se argumentó que, si se siguen consumando las supuestas violaciones irreparables en su contra, y se suspende las etapas del caso, “no se podrán estudiar las inconstitucionalidades planteadas de manera efectiva y oportuna”.

En la resolución de la queja 36494479, los magistrados Aarón Alberto Pereira y Teddy Abraham Torres, y el secretario en funciones de magistrado, Alex Humberto Ramírez, establecieron los alcances de la medida protectora según los términos en que fue solicitada por la parte quejosa.

“Únicamente traería como consecuencia que se continúe con el desahogo del procedimiento administrativo en sus etapas, hasta antes del dictado de la resolución que lo resuelva en definitiva”.

El fallo permite a la empresa aportar pruebas y formular alegatos en la etapa previa a que dé por concluido el procedimiento de la Profepa.

Los togados aclararon que la autoridad ambiental podrá ordenar alguna o algunas medidas de seguridad previstas en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de manera fundada y motivada legalmente.

Igualmente, consideraron que antes de que se dicte sentencia “siempre conviene tener completamente despejados y resueltos los problemas de previo y especial pronunciamiento, ya que se trata de cuestiones naturalmente anteriores a las del fondo del asunto”.

El procedimiento forma parte del expediente PFPA/4.2/2C.27.2/1028-2024 ordenado por el director general de Inspección y Vigilancia Forestal de la subprocuraduría de Recursos Forestales, notificado a la compañía el 15 de agosto pasado.

Los terrenos sobre los cuales pesa la sanción pertenecen a la filial de la estadounidense Vulcan Materials, pero forman parte de un área natural protegida de 53 mil hectáreas de los municipios de Playa del Carmen, Tulum y Cozumel.

La protección ambiental impide extraer la roca caliza que antes se utilizaba para fabricar carreteras en los Estados Unidos y para otros agregados de la construcción.

Como parte de este mismo conflicto, existe en curso un juicio que se debate en el Tribunal Arbitral Internacional, en el que se demanda al gobierno de México una compensación económica de mil 900 millones de dólares, por la paralización de las actividades extractivas desde el 5 de mayo de 2022.