- Fallos clave en derechos sociales marcan la despedida de ministros durante la última sesión de la Segunda Sala de la SCJN.
FELIPE VILLA
CIUDAD DE MÉXICO.- En una jornada que combinó resoluciones de alto impacto social con el contexto político y judicial de inminentes cambios en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Segunda Sala celebró la semana pasada su última sesión antes del retiro de algunos de sus integrantes. Las votaciones y los debates dejaron ver las posturas y prioridades de cada ministro, así como el sentido que han dado a la justicia en sus años de servicio.
El primer asunto relevante fue el amparo directo en revisión 2277/2025, en el que la mayoría validó el artículo 90 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios de los Trabajadores del Gobierno y Municipios de Baja California. Dicho precepto establece la prescripción del derecho de los trabajadores a recibir las cuotas aportadas si no tienen derecho a pensión. El proyecto, de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, fue aprobado por tres votos contra uno, con la oposición de la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien calificó la medida como una “confiscación” del ahorro laboral y defendió que debería considerarse inconstitucional desde un criterio progresista.
En otro punto de la agenda, la Sala abordó el amparo en revisión 63/2025, promovido por Lorenzo Córdova Vianello. El fallo ordenó a la SEP abstenerse de distribuir el libro de texto “Proyectos Comunitarios” y suprimir una frase que lo vinculaba con burlas hacia representantes de pueblos originarios. El proyecto, elaborado por el ministro Javier Laynez Potisek, fue aprobado por mayoría, con el voto concurrente de los ministros Alberto Pérez Dayán y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Batres cuestionó la decisión, advirtiendo que se privilegió el prestigio personal sobre los derechos colectivos a la verdad, la educación y la no discriminación de comunidades indígenas.
También se discutió el amparo en revisión 123/2025, igualmente de Laynez, sobre la negativa a una solicitud de concesión minera. Dado que está pendiente en el Pleno una acción de inconstitucionalidad que definirá el criterio general sobre la Ley Minera de 2023, la mayoría optó por no conceder el amparo y el caso fue retornado para su eventual reanudación.
Uno de los debates más tensos se dio con el recurso de reclamación 158/2025, que proponía dejar firme una deducción fiscal de más de 4,442 millones de pesos a favor de la empresa Pegaso PCS, S.A. de C.V. La votación terminó en empate, lo que obligó a retirar el asunto. Será la próxima integración de la Corte la que determine el desenlace.
Como punto final, la Sala aprobó por unanimidad el amparo en revisión 170/2025, presentado por Batres, que ordena al Gobierno de Oaxaca y al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas traducir íntegramente a zapoteco la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y difundirla en comunidades indígenas. Este fallo fue considerado un avance significativo en el reconocimiento de los derechos lingüísticos y la igualdad sustantiva para las mujeres indígenas, como medida para erradicar la violencia de género y la discriminación estructural.
Con esta sesión, marcada por divisiones de criterio y resoluciones que tocan fibras sensibles de la justicia social, la Segunda Sala de la SCJN cierra un ciclo que será recordado tanto por los casos que resolvió como por el legado que dejan sus ministros en el ocaso de su gestión.