- El Gobierno de la CDMX advirtió a la plataforma Didi que revocará su registro si sigue ofreciendo servicios de transporte de pasajeros en motocicleta.
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CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno de la Ciudad advirtió a la plataforma Didi que revocará su registro si sigue ofreciendo servicios de transporte de pasajeros en motocicleta.
REFORMA publicó el 1 de julio las múltiples infracciones en las que incurren conductores de mototaxi por plataformas. Días después, la Secretaría de Movilidad (Semovi) informó que buscaría la prohibición de estas formas de transporte.
El 5 de agosto, la dependencia multó a Didi y le dirigió un oficio en el cual le solicitó suspender su operación en dichos vehículos.
“Se abstenga de prestar el servicio de transporte de pasajeros en motocicleta a través de su plataforma digital, así como de promocionar y difundir dicho servicio en medios publicitarios digitales e impresos y dispositivos móviles”, indicó.
“Ello, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se revocará su constancia de registro, así como la baja de las Constancias de Registro Vehicular de las unidades que se tengan registradas”.
La versión pública del documento judicial consultado por este diario censuró el monto de la multa, sin embargo, el Reglamento de la Ley de Movilidad local prevé sanciones de hasta 45 mil 256 pesos.
Didi respondió con una demanda de amparo en la que impugna el Reglamento y pide que se le permita seguir transportando pasajeros en motocicleta, situación similar a la que ya se presentó con Uber.
Sin embargo, tanto un juzgado de Distrito como un Tribunal Colegiado de Circuito rechazaron que Didi preste por ahora este servicio, que no está incluido en el permiso que le otorgó la Semovi.
“La normatividad en materia de Movilidad contempla limitaciones o restricciones para vehículos -en el caso motocicletas-, encaminadas a garantizar la seguridad vial y de la comunidad”, afirmó el 5 de septiembre el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
“En tanto que se determinan las condiciones de seguridad a las que debe sujetarse el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer para su circulación”.
El viernes el Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa negó a Didi la suspensión definitiva, por lo que seguirá sujeta a las prohibiciones legales, en tanto se resuelve su constitucionalidad.
En abril, un juez federal amparó a Uber, pero sólo para el efecto de que se le permita el transporte en motocicleta en casos en los que el pasajero no va sentado en la parte trasera o en alguna en la que sus movimientos puedan incidir en la conducción.
Esta sentencia está a revisión ante un tribunal colegiado.