- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite una acción que cuestiona el delito de “ciberasedio” tipificado en Puebla.
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite una acción que cuestiona el delito de “ciberasedio” tipificado en Puebla, luego de un polémico proceso legislativo que incluyó una reforma en julio pasado a la versión original del texto publicado en junio.
El ministro Giovanni Figueroa admitió el 26 de septiembre la acción de inconstitucionalidad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que pidió invalidar la versión del artículo 480 del Código Penal poblano publicada el 11 de julio.
Dicho artículo impone pena de hasta tres años de prisión a quien “a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona, y como consecuencia altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física o emocional”.
La nueva integración de la Corte requerirá al menos seis de los nueve votos para anular esta norma en Puebla.