- Alejandro Gertz Manero, de 86 años de edad, abandona la FGR para irse de embajador a Alemania.
STAFF / LUCES DEL SIGLO
CIUDAD DE MÉXICO.- Llegó a su fin la era de Alejandro Gertz Manero al frente de la Fiscalía General de la República.
Gertz Manero, abogado y académico, fue designado fiscal general de la República en enero de 2019. En ese año, fue elegido de entre la terna en la que estaban también como candidatos Bernardo Bátiz y Verónica de Gyves.
A sus 86 años de edad, el Egresado de la Escuela Libre de Derecho, con doctorado por la UNAM, se va de otro cargo público, el número 11 en su historia, desde que en la década de los 70 comenzó a trabajar como Ministerio Público Federal en la extinta Procuraduría General de la República (PGR).
Durante su gestión como fiscal general de la República enfrentó diversas polémicas públicas.
Entre ellas destacaron las investigaciones sobre la muerte de su hermano Federico y el litigio con su familia política, señaladas por presuntos conflictos de interés; la difusión de audios en los que supuestamente presionaba a funcionarios judiciales; los cuestionamientos por la liberación del exdirector de Pemex, Emilio Lozoya, y acusaciones de intervenir en causas penales mediante su entorno cercano.
En su renuncia, fechada este jueves 27 de noviembre de 2025, el Gertz Manero anuncia a la presidenta del Senado, la morenista Laura Itzel Castillo, que la razón de su renuncia es por ser propuesto como embajador en Alemania,
“Hago de su conocimiento que la Titular del Poder Ejecutivo Federal, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, me ha propuesto como embajador de México ante Alemania, lo cual se está tramitando en este momento.
“Dicha propuesta me va a permitir la posibilidad de continuar sirviendo a mi país, en una nueva tarea que me honra y le agradezco; ratificando así mi vocación de servicio público de tan larga trayectoria; razón por la cual, a partir de esta fecha y con todos los efectos legales que correspondan, me estoy retirando de mi actual cargo como fiscal general de la República”, informó en su misiva al Senado.
Gertz solicitó que se informe al Pleno del Senado de la República, a efecto de que, si así lo estimara conveniente el Órgano Legislativo, se inicie el proceso para la ratificación del nombramiento, con base en lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes en la materia.
De acuerdo con la Constitución, la remoción del fiscal general sólo procede por causa grave, calificada por el Senado y aprobada por mayoría calificada.
En caso de que la separación se concrete, el Senado cuenta con 20 días para integrar una lista de diez candidatos avalados por dos terceras partes de los legisladores y enviarla al Ejecutivo.
La Presidencia debe regresar una terna en un plazo de 10 días, y el Senado elegirá al nuevo fiscal también con el voto de dos terceras partes.
Mientras tanto, la Ley de la Fiscalía General de la República establece que la suplencia recae en el Ministerio Público federal de mayor jerarquía.
LA RUTA LEGAL
1. Renuncia del fiscal general
La renuncia sólo procede por causa grave.
La renuncia debe presentarse por escrito al Senado de la República.
El Senado decide si acepta o no la renuncia por mayoría simple.
2. Remoción del fiscal general
La remoción sólo procede por causas graves establecidas en la Ley Orgánica de la FGR.
Puede ser solicitada por: la persona titular de la Presidencia de la República, o la Cámara de Senadores.
El Senado resuelve por mayoría calificada de las dos terceras partes.
3. Ausencia definitiva
Una vez aceptada la renuncia o aprobada la remoción, se declara la ausencia definitiva del fiscal general.
La FGR queda temporalmente a cargo del fiscal más antiguo, como suplente.
4. Integración de la lista del Senado
El Senado cuenta con 20 días naturales para aprobar, por dos terceras partes, una lista de 10 personas candidatas aptas para ocupar el cargo.
5. Envío de la lista al Ejecutivo
El Senado remite la lista de 10 personas a la Presidencia de la República.
6. Elaboración y devolución de la terna
La Presidencia dispone de 10 días naturales para seleccionar una terna de entre esas 10 personas y devolverla al Senado.
7. Designación del Fiscal General
El Senado elige al fiscal general de entre la terna enviada, por mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes.
Si el Senado rechaza la terna completa, la Presidencia debe enviar una nueva.
8. Toma de protesta
La persona designada rinde protesta ante el Senado y entra en funciones por un periodo de 9 años.
*Con información de Agencia Reforma




