Ven sesgo de juez en caso Iraragorri

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  • Hacienda acusó de parcialidad a un juez federal por comentarios a favor del Club Santos al liberar a Alejandro Iraragorri.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) acusó al Juez federal Mauricio Urzúa Hernández de ser parcial y hasta de “aficionado” del Club de Futbol Santos de Torreón por expresiones que hizo durante la audiencia en la que resolvió no vincular a proceso a Alejandro Iraragorri, por un presunto fraude fiscal de más de 14 millones de pesos en 2017.

En su recurso de apelación contra la negativa de procesamiento, Reyna Marisol Ramírez Alfaro, directora de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), perteneciente a la SHCP, afirmó que en la diligencia del 7 de octubre pasado el Juez de control de Torreón hizo expresiones que demuestran una “afinidad o interés personal” en el caso del directivo.

“En efecto, de las manifestaciones del Juez, señalo que siempre pone de ejemplo a Santos como equipo de futbol y que las audiencias guardan una similitud o analogía con los partidos, donde él puede ser un árbitro bueno o malo, dependiente de la parte que obtenga una resolución favorable o contraria, pone en duda la parcialidad del órgano jurisdiccional, ya que, atendiendo a las máximas de experiencia, se puede establecer, inclusive, que el Juez de primera instancia es aficionado o empático al equipo de futbol Santos”, dijo la funcionaria.

“Lo anterior implica que no existan suficientes garantías para excluir cualquier duda razonable sobre la apariencia de imparcialidad del juzgador; por lo que, a efecto de garantizar un procedimiento justo a través de un órgano jurisdiccional imparcial, lo procedente es reponer la audiencia en su totalidad”.

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De acuerdo con Ramírez Alfaro, el Juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Torreón no atendió al principio de imparcialidad objetiva, pues “su actuar se dirigió a conceder ventajas o consideraciones particulares a la persona imputada”.

La Secretaría de Hacienda afirmó en su querella que, para evadir la retención del ISR, Iraragorri supuestamente simuló el pago de una indemnización por riesgo de trabajo, a través de un contrato colectivo con un sindicato, cuando en realidad era el pago de salarios a 26 jugadores e integrantes del cuerpo técnico del club.

Lo que señala el recurso de apelación, es que el Juez evadió hacerse cargo de este aspecto de la acusación y dijo que no había elementos para procesar al empresario.

“Los gastos efectuados por concepto de contrato colectivo de trabajo no tienen la naturaleza de una indemnización por riesgo de trabajo, pero sí de un salario, ya que el primer concepto está condicionado a que se sufra un riesgo de trabajo, y el segundo es el pago que le corresponde al trabajador, por el simple hecho de prestar sus servicios al patrón”, advirtió la funcionaria de la PFF.

“Como primer punto relevante, debe destacarse que la defensa en su primera intervención, así como el propio imputado, en ningún momento manifestó o reconoció haber cubierto accidentes de trabajo ni enfermedades de trabajo”.

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