- La Constancia de Situación Fiscal no es un requisito obligatorio para la emisión de una factura electrónica.
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de una factura electrónica (CFDI). Condicionar la expedición de una factura a la entrega de dicho documento constituye una infracción sancionable con multas de hasta 122 mil 440 pesos, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El organismo explicó que, para emitir un CFDI, el emisor únicamente requiere la clave del RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal, datos que pueden obtenerse a través de la Cédula de datos fiscales.
De acuerdo con el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se considera infracción condicionar la emisión de un CFDI a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la CSF, con sanciones que van de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos, precisó el SAT en un comunicado.
Asimismo, aclaró que los empleadores no deben solicitar la CSF a sus trabajadores para el timbrado de nómina, ya que pueden requerir los datos mediante un caso de aclaración, conforme a la ficha de trámite 44/CFF, Solicitud de datos en el RFC de asalariados, del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
El SAT recordó que la CSF contiene información relevante únicamente para el contribuyente, como actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no es necesaria para la emisión de CFDI. Además, señaló que la constancia no tiene vigencia y solo se actualiza cuando el contribuyente modifica su información en el RFC.
La CSF puede obtenerse a través de los siguientes canales:
Para personas físicas y morales:
Portal del SAT (sat.gob.mx), con Contraseña o e.firma vigente.
Para personas físicas:
Aplicación SAT Móvil.
SAT ID, con recepción mensual.
Oficina Virtual, mediante cita en citas.sat.gob.mx y el servicio “Entrega de Constancias”.
Oficinas del SAT, sin cita, presentando identificación oficial vigente o huella digital.


