Temen aumento de megadesarrollos en la CDMX

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  • Vecinos y expertos alertaron que excluir 47 programas parciales del PGD podría permitir la construcción de megadesarrollos.
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CIUDAD DE MÉXICO.- Vecinos y expertos en desarrollo urbano advirtieron que la exclusión de 47 programas parciales del Plan General de Desarrollo (PGD), que es sometido a consulta, podría abrir la puerta a la edificación de megadesarrollos.

Estos documentos fungen como contención para los cambios de uso de suelo en Xochimilco, San Ángel, Coyoacán, Polanco o Hipódromo, pero fueron omitidos del anteproyecto del PGD, explicó Josefina Mac Gregor, de Suma Urbana durante un encuentro virtual entre vecinos.

A la sesión se sumó, pese a que no había sido convocada, Patricia Ramírez Kuri, titular del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva (IPDP), ente encargado del desarrollo y ejecución del Plan General.

“Los programas parciales no van a desaparecer, no está contemplado eso”, aseguró la funcionaria.

Sin embargo, Mac Gregor advirtió que la Ley de Planeación apunta que estos documentos pueden cambiarse o actualizarse si hay suficiente infraestructura y servicios.

“Entonces, en automático dicen: San Angel sigue siendo programa parcial, pero voy a modificarlo, porque tiene infraestructura y servicios, te lo voy a dejar, nada más que se va a permitir sobre Altavista edificios de 30 pisos, la creación de hoteles porque es zona cultural, la apertura de hospitales en San Angel, porque es zona de salud”, precisó la activista.

El PGD, que generará cambios constitucionales, prevé crear casas de Gobierno en cada una de las 16 demarcaciones, con facultades y presupuesto propio ejercido por las autoridades centrales, con el objetivo de desplazar a las alcaldías y a sus gobernantes, aun cuando pasaron por elección democrática.

El anteproyecto incluye cambiar los mecanismos con los cuales los ciudadanos intervienen en los asuntos comunitarios.

La influencia de las Comisiones de Participación Ciudadana (Copaco) busca ser reducida con la creación de asambleas comunitarias y una plataforma en donde se registren propuestas ciudadanas, para que las casas de Gobierno tomen las decisiones.

La directora de Suma Urbana comentó que el documento con el cual intenta aprobarse el PGD fue elaborado por el IPDP, sin participación real de ninguna institución académica ni de representación ciudadana.

“En realidad no es una consulta pública, están preguntando: ¿Qué sueñas de tu Ciudad? La consulta es qué opinas del documento”, puntualizó Mac Gregor.

Sugirió organizar asambleas por colonia, realizar movilizaciones antes del encuentro de Copacos convocado por el IPDP el 25 de febrero y preparar litigios estratégicos, incluidos juicios de amparo.

QUÉ SON LOS PROGRAMAS PARCIALES

Forman parte de la guía para el crecimiento de la Ciudad.

– Este documento permite la planeación del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial de las alcaldías.

– Muestran el tipo de uso de suelo permitido para espacios delimitados, marcando los predios habitacionales y aquellos en los que se permiten establecimientos comerciales.

– Se adaptan a las condiciones específicas de áreas.

– Actualmente la Ciudad cuenta con 47 programas, que corresponden a 12 demarcaciones.

– Cuajimalpa es la que más documentos ostenta, con 12.

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Fija Corte límites a reforma judicial en Yucatán Invalida Suprema Corte el mecanismo de designación de la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial en la entidad, al considerar que contravenía directamente el modelo constitucional federal. STAFF / LUCES DEL SIGLO CIUDAD DE MÉXICO.- Por segundo día consecutivo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debatió sobre la implementación de la reforma judicial en los estados cuyos congresos armonizaron la constituciones locales al introducir disposiciones contrarias a lo que dicta la Carta Magna. Al resolver las impugnaciones contra el rediseño del Poder Judicial en Yucatán, el Pleno confirmó la validez general de la reforma estatal, pero invalidó el mecanismo de designación de la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial, al considerar que contravenía directamente el modelo constitucional federal. La decisión se inscribe en una línea de precedentes recientes en los que la Corte ha frenado ajustes locales en entidades como Nayarit, Durango y Guerrero, donde también corrigió desviaciones en aspectos clave como la integración de órganos, la duración de cargos y los procedimientos de selección de jueces. El mensaje se consolida: los estados pueden adaptar el nuevo sistema judicial, pero no reconfigurar sus bases estructurales. El caso de Yucatán tuvo su origen en el Decreto 105, publicado en agosto de 2025, mediante el cual el Congreso local reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial. Entre los cambios más relevantes se encontraban nuevas reglas para la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial, ajustes en la elaboración del presupuesto y modificaciones al régimen de licencias del personal judicial. La reforma fue impugnada por el Poder Ejecutivo Federal, lo que llevó el caso al análisis del máximo tribunal. El punto central del litigio se concentró en el método de designación de la presidencia del Tribunal de Disciplina. La legislación local permitía que la persona titular fuera elegida mediante votación interna entre los magistrados e incluso contemplaba la posibilidad de ratificación. Para la Corte, este diseño rompía con el modelo constitucional derivado de la reforma judicial de 2024, que establece que la presidencia debe renovarse periódicamente en función de la votación obtenida en elecciones judiciales. A partir de ese criterio, el Pleno invalidó la porción normativa que permitía la elección interna y la reelección en el cargo. Sin embargo, no anuló toda la disposición. Optó por una interpretación conforme que mantiene el resto del esquema, siempre que se entienda que la presidencia debe definirse con base en el voto ciudadano y sin posibilidad de ratificación. 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