Rechaza ISSSTE ‘pifia’ por acuerdo sobre pensiones

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  • Martí Batres negó que fuera un error la publicación en el DOF sobre revocar o reducir pensiones por encima del límite legal.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- El director general del ISSSTE, Martí Batres, negó que haya existido una pifia al publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para revocar o reducir pensiones que exceden el límite legal.

Derivado de estos hechos, al menos cinco jueces federales han concedido amparos a burócratas afectados por la medida, y motivaron que su hermana, la Ministra Lenia Batres, busque que la Suprema Corte (SCJN) revise el tema.

“No existe ninguna pifia en el ‘Acuerdo del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por el que se emite el procedimiento para la verificación y, en su caso, modificación o revocación de las pensiones que rebasen el límite permitido por la Ley del ISSSTE’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2024, donde puede consultarse íntegramente en los ligas correspondientes.

“En todo caso la pifia corresponde a algunas resoluciones de amparo indirecto que han cuestionado la publicación electrónica del Acuerdo referido, señalando que no cumple con el principio de publicidad, requisito constitucional de toda norma, aun cuando el artículo 72 de la Constitución Política no establece una forma específica en que deba hacerse la publicación, y la Ley del Diario Oficial de la Federación señala que se debe privilegiar la publicación electrónica”, manifestó el director del ISSSTE, Martí Batres, en sus redes sociales.

Consideró que si la publicación electrónica de un acuerdo fuera una pifia, y de ahí se derivaría la invalidez de prácticamente todas las publicaciones recientes de reformas constitucionales o decretos administrativos.

REFORMA publicó que su hermana Lenia Batres busca que la Suprema Corte se haga cargo de los recursos de revisión del ISSSTE contra las sentencias de los jueces.

Batres manifestó que la atención de asuntos en la Corte responde a un “mecanismo aleatorio”, cuya responsabilidad es de la presidencia de la Corte.

“La resolución de cualquier asunto, inclusive la aceptación a trámite de una solicitud de reasunción o de atracción, depende de la mayoría de los ministros/as, no de un integrante”, dijo Batres.

Consideró que la interpretación de algunos jueces de quitarle validez a la publicación electrónica del Acuerdo en cuestión, esconde la intención de mantener intactos los privilegios derivados de actos de actos.

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